San Salvador Cuauhtenco, Milpa Alta;
Distrito Federal a 12 de octubre de 2008
Considerando los trabajos realizados en el Primer Encuentro de Mujeres Indígenas “Rompe El Silencio”, reunidas en San Pablo Oztotepec y San Salvador Cuauhtenco en la Delegación de Milpa Alta, Distrito Federal los días 10, 11 y 12 de octubre de 2008, realizamos el siguiente pronunciamiento.
Hace 516 años hubo una ruptura histórica en nuestros pueblos que nos trastocó, violentó y obligó a vivir en un estado de subordinación; del que no obstante, hemos luchado constantemente por mantener nuestra dignidad como pueblos indígenas.
En este contexto expresamos que:
o La lucha de las mujeres indígenas, es la lucha de y por todas las mujeres.
o Exigimos la revalorización y la trascendencia del trabajo de la mujer en la vida comunitaria, su valor político, social, cultural y económico en las actividades domesticas de las comunidades rurales y urbanas; estas son prácticas que integran y mantienen la vida de nuestros pueblos y son un aporte que no es reconocido.
o Exigimos la participación en la toma de decisiones de las políticas nacionales, estatales, municipales y comunitarias.
o Enfatizamos que la tierra para nosotras no es objeto de comercio sino parte fundamental, viva de nuestra existencia: es la esencia de la vida comunitaria. Manifestamos el rechazo absoluto al despojo y a la privatización de nuestros recursos naturales: nuestra lucha es una lucha contundente contra el sistema capitalista.
o Continuamos en la lucha por mantener nuestra autonomía y la libre autodeterminación de nuestros pueblos.
o Exigimos el derecho como pueblos indígenas al acceso, control y autogestión de nuestros propios medios de comunicación para su uso cultural, económico, social y político desde nuestra cosmovisión; ya que la actual Ley de Radio y Televisión vigente, impide el ejercicio libre y pleno de nuestra autonomía.
o Exigimos la reglamentación, implementación, aplicación y difusión eficaz de los instrumentos jurídicos nacionales e internacionales en materia de derechos indígenas en todos los niveles de gobierno competentes.
o Nos manifestamos por nuestro derecho a la no discriminación y a la no violencia por: lengua, vestido, color, religión, sexo, clase y/o condición social hacia las mujeres indígenas y a las mujeres en general en cualquier espacio y ámbito en el territorio nacional. Hoy ya podemos decir lo que sentimos y lo que hemos vivido a diferencia de nuestras abuelas y madres, hemos dado un paso porque ahora ya no somos tan invisibles. Sabemos que estamos iniciando el camino, pero continuaremos en la lucha por el respecto a nuestros derechos. El camino es continuar unidas y apoyándonos porque valemos mucho: tenemos el derecho a vivir sin discriminación y sin violencia.
o Exigimos el uso pleno de las lenguas de nuestros pueblos originarios de México en todos los ámbitos.
o Exigimos la visibilización de las nuevas formas de vida adaptadas en zonas urbanas que las condiciones estructurales del sistema nos han obligado a tomar; no dejamos de ser, nos han invisibilizado: ¡estamos aquí, ahora y seguiremos siempre!
o Manifestamos la necesidad indiscutible de nuestra participación en los programas y proyectos nacionales que infieren directa o indirectamente en la vida de nuestros pueblos y cuyas principales consecuencias y responsabilidades recaen en nosotras las mujeres.
o Manifestamos la necesidad de conjugar nuestros conocimientos ancestrales con los universales. Manteniendo siempre el derecho que tenemos a la educación en todos los niveles; a elegir y decidir el momento y forma de educación desde nuestra historia.
o Exigimos que las políticas publicas se han eficaces, eficientes, integrales y sobre todo se apliquen; los derechos humanos como: el derecho al desarrollo, el derecho a la educación, a la alimentación, a la vivienda, a un medio ambiente sano, entre otros.
Este encuentro es una muestra mas de la fuerza y el apoyo que entre nosotras mujeres, indígenas y pobres tenemos y esta triple condición de exclusión y discriminación lejos de imposibilitarnos nos hace más fuertes, son tres aspectos que enriquecen y potencian la forma en la que vemos la vida.
Hermanas todas, hijas de la madre tierra, seguimos en la lucha.
¡Viva la luchas de todas nosotras!
¡Viva la lucha de las mujeres y hombres indígenas!
Red Social de Mujeres Indígenas de Distrito Federal
Aquí encontraras referencias sobre la temática de mujeres indígenas de México y del mundo
viernes, 24 de octubre de 2008
martes, 30 de septiembre de 2008
PRIMER ENCUENTRO NACIONAL DE MUJERES INDÍGENAS “ROMPE EL SILENCIO”
10,11 Y 12 de Octubre de 2008, Milpa Alta
Este Primer Encuentro Nacional de Mujeres Indígenas en el Distrito Federal “Rompe el Silencio”, es en respuesta a la problemática que viven cotidianamente las mujeres originarias e indígenas, en diversos ámbitos como lo son: social, económico, político y cultural; y a partir del reconocimiento que ahora se otorga como un grupo socialmente vulnerado en sus Derechos elementales. Es esta la base para poder encaminar y concretar los trabajos necesarios y adecuados para contrarrestar este estado de vulnerabilidad.
Resulta necesario realizar grandes esfuerzos para subsanar todas las omisiones que a la fecha siguen socavando los derechos de las mujeres indígenas. Primordialmente proponer estrategias en la política pública como el mecanismo de un desarrollo integral. Aunado a lo anterior es importante el esfuerzo de las propias mujeres para reclamar con justo derecho un mejor nivel de vida, resaltando sus necesidades básicas para que las Instituciones encargadas de dichas demandas otorguen las herramientas que conlleven el desarrollo integral de las mujeres indígenas y como consecuencia al fortalecimiento de los lazos comunitarios como formas de convivencia.
Siguiendo esta lógica una de las principales problemáticas que enfrentan es la inserción a la ciudad. Es el caso que para acceder a una mejor condición de vida tienen que dejar nuestras culturas y adoptar nuevas formas de vida, violentando profundamente la transmisión de conocimientos ancestrales.
Así mismo la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo señala “Que la persona humana es el sujeto central del desarrollo y debe ser el participante activo al beneficio del derecho al desarrollo”. De igual manera nuestra legislación vigente a pesar de las grandes lagunas que presenta, reconoce nuestro Estado como pluricultural, específicamente el artículo segundo de nuestra Carta Magna ordena definir y desarrollar programas educativos de contenido regional que reconozcan la herencia cultural de los pueblos, de acuerdo con las leyes de la materia y en consulta con las comunidades indígenas, impulsando el respeto y conocimiento de las diversas culturas existentes en la Nación.
En virtud de lo anterior la Red Social de Mujeres Indígenas del Distrito Federal, encamina su trabajo promoviendo la Equidad e Igualdad Social de las mujeres indígenas, en donde se conjunten esfuerzos para mejorar las capacidades productivas, las relaciones afectivas y el mejoramiento de las condiciones de vida, asumiendo a nuestra diversidad cultural como potencialidad y no como un problema; empleando una metodología participativa a un nivel de ínter institucionalidad entre diferentes dependencias de gobierno local y federal así como organizaciones sociales, de tal forma que se establezca la sistematización del proceso social de las mujeres indígenas, la revisión e implementación de nuevas formas de organización para ejecutar las distintas actividades que incidan en todos los niveles donde las mujeres indígenas se desenvuelvan.
Por ello planteamos EL PRIMER ENCUENTRO NACIONAL DE MUJERES INDÍGENAS EN EL DISTRITO FEDERAL, “ROMPE EL SILENCIO”, los días 10,11 y 12 de octubre del presente año, con sede en las comunidades vecinas de San Salvador Cuauhtenco y San Pablo Oztotepec, en la Delegación Milpa Alta, con participación de 300 mujeres originarias de Pueblos y Barrios de la Ciudad de México así como a mujeres indígenas radicadas en el Distrito Federal, mujeres que viven en comunidades urbanas y en comunidades rurales. Tenemos a 31 mujeres invitadas especiales de diferentes Estados de la República mexicana con el propósito de intercambiar experiencias y conocimientos que permitan reflexionar sobre la situación nacional que viven las Mujeres Indígenas en sus comunidades y analizar la situaciones de las mujeres indígenas que viven en la Ciudad. El objetivo especifico de este encuentro es:
· Intercambiar, analizar y reflexionar las realidades de las Mujeres Indígenas en la participación de diferentes cargos (Mayordomías, mesas directivas, comités, asambleas, representantes de bienes comunales, jefa de tenencia de la tierra, regidoras, consejeras, presidentas municipales, mujeres topiles), con el fin de fortalecer su participación en el ejercicio de los derechos sociales, políticos, económicos y culturales en los 31 Estados y el Distrito Federal. Así mismo conocer las propuestas que generan las mujeres indígenas en sus organizaciones, comunidades y pueblos.
METODOLOGÍA
A través de las mesas de trabajo la Red Social de Mujeres Indígenas ha propuesto desarrollar el trabajo en este encuentro, previa la pre-inscripción a las mesas y que se ha venido realizando a partir del 15 de Agosto del presente año.
ACTIVIDADES EN LAS MESAS DE TRABAJO
I. VISIÓN Y PENSAMIENTO DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS PARTIENDO DEL CONCEPTO DE LA MADRE TIERRA
Objetivo:
Analizar, reflexionar sobre la visión y pensamiento de los pueblos originarios, frente al mundo neoliberal a partir de su concepción sobre la tierra.
1. Silvia de Jesús maya de Grupo la Mansión Mazahua (moderadora)
2. Amalia Salas Cálzales de Sabios Chililicos de Xochimilco
3. Cleotilde Hilda Sánchez Gutiérrez, Iztapalapa
4. Hilda Sánchez Gutiérrez, Mixe (Responsable)
II. SISTEMAS CONSUETUDINARIOS DE CULTURAS ORIGINARIAS
Objetivo:
Análisis comparativo de derecho consuetudinario con el derecho positivo mexicano vigente que permita establecer los mecanismos de inclusión de las mujeres indígenas en los cargos públicos de
los poderes del Estado, y así dar a conocer instrumentos internacionales que permitan este análisis (Declaración Universal de los Derechos de los pueblos Indígenas y 169 de la OIT)
1. Cecilia Garduño Guerrero
2. Maria Eugenia Gabriel de la DGIDS (relatora)
III.- DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA Y DISCRIMINACIÓN
Objetivo: Analizar la discriminación y violencia sistemática hacia los pueblos originarios y en especifico a las mujeres y niñas con perspectiva de género en las zonas urbanas y en las rurales.
1. Carmen Ruíz López, Mazahua (Responsable)
2. Angélica Estévez Hernández de la DGIDS (relatora)
IV. EDUCACIÓN INTERCULTURAL
Objetivo: Intercambiar experiencias del papel y la importancia que tienen las mujeres en la educación, no sólo dentro del aula sino como parte de la transmisión de sus saberes con perspectiva de género.
1. Celerina Sanchez Santiago, Ñuu savi, Yoco savi (Moderadora)
2. América Martínez. DGIDS (Relator)
V. MIGRACIÓN
Objetivo: Conocer el fenómeno migratorio y como repercute en la cultura de las comunidades desde la perspectiva de las mujeres indígenas.
VI. DEMOCRATIZACIÓN DEL USO Y MANEJO DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Objetivo: Conocer, reflexionar e informarse sobre el papel y la importancia que tienen
los medios de comunicación, y los obstáculos que enfrenta la población indígena de la Ciudad México para ejercer su derecho a la información, y el uso y manejo de tecnologías.
1. Margarita Rojas Pérez, Ñuu Savi (Responsable)
2. Diana Morlan, Nahua (relatora)
3. Eduardo Martínez Rivas de la DGIDS (relator)
4.- Amalia Sarabia López, Ñuu Savi
M E T A S
1. Que las mesas de trabajo obtengan resultados de los objetivos planteados.
2.- Que las mujeres se vean visibilizadas en este encuentro con la capacidad para decidir sobre la incidencia en políticas publicas.
3.- Un pronunciamiento.
4.- Al finalizar el encuentro se elaborará en base a las propuestas vertidas sobre los temas de interés, una agenda política social que pueda determinar un plan de trabajo.
5.- Obtener el material representativo y adecuado para la elaboración de una memoria escrita del encuentro.
INVITADOS ESPECIALES
- Mtra. Teresa Mora, Instituto de Antropología e Historia
- Celerina Patricia Sánchez Santiago, Yoko savi
- Larisa Ortiz Quintero, Comisión de Derechos Humanos del D.F
- Aleida Calleja, Vicepresidenta de AMARC
PERSONAL CAPACITADO QUE APOYARA REALIZANDO DIVERSAS ACTIVIDADES.
- 10 personas de desarrollo comunitario con diferentes licenciaturas: comunicación, sociología, antropología, psicología, ciencias políticas, trabajo social, derecho y pedagogía.
- 6 Mujeres indígenas responsables de las mesas de trabajo de la Red Social de Mujeres Indígenas del Distrito Federal.
- 6 relatoras de Desarrollo comunitario, 3 del área de Educación Continua y 3 académicas de la Universidad del Claustro de Sor Juana, INAH, UACM.
- 28 facilitadoras de diferentes Instituciones educativas como lo son: Universidad del Claustro de Sor Juana, INAH, UACM, Educación continua y de la Red Jurídica para la atención de Mujeres Indígenas.
- 3 personas para la sistematización de la información del CIESAS, Claustro de Sor Juana y Educación Continua de la DGIDS.
ORGANIZACIONES INDÍGENAS PARTICIPANTES
- MUJERES DE LA MONTAÑA
- GPO. LA MANSIÓN MAZAHUA
- COMUNERAS DE XOCHIMILCO
- COMUNERAS DE MILPA ALTA
- MUJERES DE SAN SALVADOR CUAUHTENCO
- COCYP
- FLOR DE MAZAHUA
- ARTESANOS INDEPENDIENTES
- COLECTIVO TIERRA MOJADA
- MUJERES DE IZTAPALAPA
- ASOCIACIÓN DE ARTESANOS Y COMERCIALIZACIÓN EMILIANO ZAPATA
(CANDELARIA)
- TAXIS DE LA MONTAÑA
- GRUPO OTOMI, ZONA ROSA
- COMISION DE DESARROLLO RURAL INDÍGENAS DE NUYOO TLAXIACO
- RED DE FORMACIÓN INDÍGENA
- ORG. INDÍGENA OTOMI SEMINARIO TEMPLO MAYOR NO ASALARIADO A.C
- COALICIÓN DE INDÍGENAS TRIQUIS DE OAXACA
- ORG. MAZAHUA DE SAN ANTONIO
- MOVIMIENTO DE UNIFICACIÓN DE LUCHA TRIQUI
- COMITÉ NACIONAL DE LOS 63 PUEBLOS INDÍGENAS AC
- COORDINADORA NACIONAL DE MUJERES INDIGENAS
INSTITUCIONES QUE NOS APOYAN DESARROLLO COMUNITARIO Y LOCAL DGIDS
- EDUCACIÓN CONTINUA DE LA DGIDS
- LOCATEL
- PUEBLOS Y BARRIOS ORIGINARIOS
- SISTEMA PENITENCIARIO
- SEDEREC
- IASIS
- AGENCIA ESPECIALIZADA PARA PERSONAS INDÍGENAS
- CONAPRED
- SISTEMA PENITENCIARIO
- ASISTENCIA LEGAL
- FUNDACIÓN INDÍGENA
- CDI
- TIERRA PROMETIDA (IMER)
- CLAUSTRO DE SOR JUANA
- INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA
- DELEGACIÓN MILPA ALTA, CUAUHTEMOC, XOCHIMILCO
- REPRESENTACIÓN COMUNAL DE SAN PABLO OZTOTEPEC
- REPRESENTACIÓN DE BIENES COMUNALES DE SAN SALVADOR CUAUHTENCO
- CRONISTAS DE SAN SALVADOR CUAUHTENCO
ENCUENTRO DE MUJERES INDÍGENAS “ROMPE EL SILENCIO”
Milpa Alta, Distrito Federal,10, 11 y 12 de octubre de 2008
P R O G R A M A
DIA 10 DE OCTUBRE, SAN PABLO OZTOTEPEC, CUARTEL ZAPATISTA
7:00 - 9:00 hrs. Desayuno con prensa
9:00 - 11:00 hrs. Registro y acreditación de participantes.
11:00 - 12:00 hrs. Bienvenida, información de las actividades y presentación de la red.
12:00 - 12:30 hrs. Conferencia, “Situación actual de los pueblos indígenas en México”,
Rodolfo Stavenhagen (pendiente)
12:30 - 13:00 hrs. Conferencia; “Pueblos originarios de la Ciudad de México, ofrecida por la
Maestra Teresa Mora, Instituto Nacional de Antropología.
13:00 - 14:00 hrs. Comentarios de mujeres
14:00 - 15:30 hrs. Comida.
15:30 - 18:00 hrs. Inauguración, ceremonia tradicional de Milpa Alta.
a) palabras de la autoridades tradicionales de milpa alta;
b) palabras de mujeres de la red social;
c) palabras de la red de atención jurídica;
d) palabras de autoridades de la delegación;
e) palabras de la dirección de igualdad y diversidad social;
f) palabras de la SDS.
18:00 - 20:00 hrs. Programa cultural, a cargo de mujeres de San Salvador Cuauhtenco y
San Pablo Oztotepec.
20:00 - 21:00 hrs. Cena.
DIA 11 DE OCTUBRE, SAN PABLO OZTOTEPEC, CUARTEL ZAPATISTA
7:00 - 9:00 hrs. Desayuno.
9:00 - 10:30 hrs. Conferencia magistral, “Mujeres Indígenas en el Siglo XXI, tejedoras de
caminos”, Celerina Patricia Sánchez Santiago, Yoko Savi.
10:30 - 12:00 hrs. Conferencia “Derechos de lo Pueblos Originarios”.
12:00 - 14:00 hrs. Instalación de las 6 mesas de trabajo.
14:00 - 15:30 hrs. Comida.
15:30 - 19:00 hrs. Mesas de trabajo.
19:00 - 20:00 hrs. Conclusiones
20:00 - 21:00 hrs. Cena.
DIA 12 DE OCTUBRE, SAN SALVADOR CUAUHTENCO
7:00 - 9:00 hrs. Desayuno.
9:00 - 11:00 hrs. Concentración de información y plenaria
11:00 – 11:20 hrs. Pronunciamiento, a lado de la iglesia de San Salvador Cuauhtenco
11:20 – 12:30 hrs. Clausura
a) palabras de la autoridades tradicionales de milpa alta; San Pablo Oztotepec y San Salvador Cuauhtenco;
b) palabras de mujeres de la red social;
c) palabras de la red de atención jurídica;
d) palabras de autoridades de la delegación;
e) palabras de la dirección de igualdad y diversidad social;
f) palabras de la SDS
Este Primer Encuentro Nacional de Mujeres Indígenas en el Distrito Federal “Rompe el Silencio”, es en respuesta a la problemática que viven cotidianamente las mujeres originarias e indígenas, en diversos ámbitos como lo son: social, económico, político y cultural; y a partir del reconocimiento que ahora se otorga como un grupo socialmente vulnerado en sus Derechos elementales. Es esta la base para poder encaminar y concretar los trabajos necesarios y adecuados para contrarrestar este estado de vulnerabilidad.
Resulta necesario realizar grandes esfuerzos para subsanar todas las omisiones que a la fecha siguen socavando los derechos de las mujeres indígenas. Primordialmente proponer estrategias en la política pública como el mecanismo de un desarrollo integral. Aunado a lo anterior es importante el esfuerzo de las propias mujeres para reclamar con justo derecho un mejor nivel de vida, resaltando sus necesidades básicas para que las Instituciones encargadas de dichas demandas otorguen las herramientas que conlleven el desarrollo integral de las mujeres indígenas y como consecuencia al fortalecimiento de los lazos comunitarios como formas de convivencia.
Siguiendo esta lógica una de las principales problemáticas que enfrentan es la inserción a la ciudad. Es el caso que para acceder a una mejor condición de vida tienen que dejar nuestras culturas y adoptar nuevas formas de vida, violentando profundamente la transmisión de conocimientos ancestrales.
Así mismo la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo señala “Que la persona humana es el sujeto central del desarrollo y debe ser el participante activo al beneficio del derecho al desarrollo”. De igual manera nuestra legislación vigente a pesar de las grandes lagunas que presenta, reconoce nuestro Estado como pluricultural, específicamente el artículo segundo de nuestra Carta Magna ordena definir y desarrollar programas educativos de contenido regional que reconozcan la herencia cultural de los pueblos, de acuerdo con las leyes de la materia y en consulta con las comunidades indígenas, impulsando el respeto y conocimiento de las diversas culturas existentes en la Nación.
En virtud de lo anterior la Red Social de Mujeres Indígenas del Distrito Federal, encamina su trabajo promoviendo la Equidad e Igualdad Social de las mujeres indígenas, en donde se conjunten esfuerzos para mejorar las capacidades productivas, las relaciones afectivas y el mejoramiento de las condiciones de vida, asumiendo a nuestra diversidad cultural como potencialidad y no como un problema; empleando una metodología participativa a un nivel de ínter institucionalidad entre diferentes dependencias de gobierno local y federal así como organizaciones sociales, de tal forma que se establezca la sistematización del proceso social de las mujeres indígenas, la revisión e implementación de nuevas formas de organización para ejecutar las distintas actividades que incidan en todos los niveles donde las mujeres indígenas se desenvuelvan.
Por ello planteamos EL PRIMER ENCUENTRO NACIONAL DE MUJERES INDÍGENAS EN EL DISTRITO FEDERAL, “ROMPE EL SILENCIO”, los días 10,11 y 12 de octubre del presente año, con sede en las comunidades vecinas de San Salvador Cuauhtenco y San Pablo Oztotepec, en la Delegación Milpa Alta, con participación de 300 mujeres originarias de Pueblos y Barrios de la Ciudad de México así como a mujeres indígenas radicadas en el Distrito Federal, mujeres que viven en comunidades urbanas y en comunidades rurales. Tenemos a 31 mujeres invitadas especiales de diferentes Estados de la República mexicana con el propósito de intercambiar experiencias y conocimientos que permitan reflexionar sobre la situación nacional que viven las Mujeres Indígenas en sus comunidades y analizar la situaciones de las mujeres indígenas que viven en la Ciudad. El objetivo especifico de este encuentro es:
· Intercambiar, analizar y reflexionar las realidades de las Mujeres Indígenas en la participación de diferentes cargos (Mayordomías, mesas directivas, comités, asambleas, representantes de bienes comunales, jefa de tenencia de la tierra, regidoras, consejeras, presidentas municipales, mujeres topiles), con el fin de fortalecer su participación en el ejercicio de los derechos sociales, políticos, económicos y culturales en los 31 Estados y el Distrito Federal. Así mismo conocer las propuestas que generan las mujeres indígenas en sus organizaciones, comunidades y pueblos.
METODOLOGÍA
A través de las mesas de trabajo la Red Social de Mujeres Indígenas ha propuesto desarrollar el trabajo en este encuentro, previa la pre-inscripción a las mesas y que se ha venido realizando a partir del 15 de Agosto del presente año.
ACTIVIDADES EN LAS MESAS DE TRABAJO
I. VISIÓN Y PENSAMIENTO DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS PARTIENDO DEL CONCEPTO DE LA MADRE TIERRA
Objetivo:
Analizar, reflexionar sobre la visión y pensamiento de los pueblos originarios, frente al mundo neoliberal a partir de su concepción sobre la tierra.
1. Silvia de Jesús maya de Grupo la Mansión Mazahua (moderadora)
2. Amalia Salas Cálzales de Sabios Chililicos de Xochimilco
3. Cleotilde Hilda Sánchez Gutiérrez, Iztapalapa
4. Hilda Sánchez Gutiérrez, Mixe (Responsable)
II. SISTEMAS CONSUETUDINARIOS DE CULTURAS ORIGINARIAS
Objetivo:
Análisis comparativo de derecho consuetudinario con el derecho positivo mexicano vigente que permita establecer los mecanismos de inclusión de las mujeres indígenas en los cargos públicos de
los poderes del Estado, y así dar a conocer instrumentos internacionales que permitan este análisis (Declaración Universal de los Derechos de los pueblos Indígenas y 169 de la OIT)
1. Cecilia Garduño Guerrero
2. Maria Eugenia Gabriel de la DGIDS (relatora)
III.- DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA Y DISCRIMINACIÓN
Objetivo: Analizar la discriminación y violencia sistemática hacia los pueblos originarios y en especifico a las mujeres y niñas con perspectiva de género en las zonas urbanas y en las rurales.
1. Carmen Ruíz López, Mazahua (Responsable)
2. Angélica Estévez Hernández de la DGIDS (relatora)
IV. EDUCACIÓN INTERCULTURAL
Objetivo: Intercambiar experiencias del papel y la importancia que tienen las mujeres en la educación, no sólo dentro del aula sino como parte de la transmisión de sus saberes con perspectiva de género.
1. Celerina Sanchez Santiago, Ñuu savi, Yoco savi (Moderadora)
2. América Martínez. DGIDS (Relator)
V. MIGRACIÓN
Objetivo: Conocer el fenómeno migratorio y como repercute en la cultura de las comunidades desde la perspectiva de las mujeres indígenas.
VI. DEMOCRATIZACIÓN DEL USO Y MANEJO DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Objetivo: Conocer, reflexionar e informarse sobre el papel y la importancia que tienen
los medios de comunicación, y los obstáculos que enfrenta la población indígena de la Ciudad México para ejercer su derecho a la información, y el uso y manejo de tecnologías.
1. Margarita Rojas Pérez, Ñuu Savi (Responsable)
2. Diana Morlan, Nahua (relatora)
3. Eduardo Martínez Rivas de la DGIDS (relator)
4.- Amalia Sarabia López, Ñuu Savi
M E T A S
1. Que las mesas de trabajo obtengan resultados de los objetivos planteados.
2.- Que las mujeres se vean visibilizadas en este encuentro con la capacidad para decidir sobre la incidencia en políticas publicas.
3.- Un pronunciamiento.
4.- Al finalizar el encuentro se elaborará en base a las propuestas vertidas sobre los temas de interés, una agenda política social que pueda determinar un plan de trabajo.
5.- Obtener el material representativo y adecuado para la elaboración de una memoria escrita del encuentro.
INVITADOS ESPECIALES
- Mtra. Teresa Mora, Instituto de Antropología e Historia
- Celerina Patricia Sánchez Santiago, Yoko savi
- Larisa Ortiz Quintero, Comisión de Derechos Humanos del D.F
- Aleida Calleja, Vicepresidenta de AMARC
PERSONAL CAPACITADO QUE APOYARA REALIZANDO DIVERSAS ACTIVIDADES.
- 10 personas de desarrollo comunitario con diferentes licenciaturas: comunicación, sociología, antropología, psicología, ciencias políticas, trabajo social, derecho y pedagogía.
- 6 Mujeres indígenas responsables de las mesas de trabajo de la Red Social de Mujeres Indígenas del Distrito Federal.
- 6 relatoras de Desarrollo comunitario, 3 del área de Educación Continua y 3 académicas de la Universidad del Claustro de Sor Juana, INAH, UACM.
- 28 facilitadoras de diferentes Instituciones educativas como lo son: Universidad del Claustro de Sor Juana, INAH, UACM, Educación continua y de la Red Jurídica para la atención de Mujeres Indígenas.
- 3 personas para la sistematización de la información del CIESAS, Claustro de Sor Juana y Educación Continua de la DGIDS.
ORGANIZACIONES INDÍGENAS PARTICIPANTES
- MUJERES DE LA MONTAÑA
- GPO. LA MANSIÓN MAZAHUA
- COMUNERAS DE XOCHIMILCO
- COMUNERAS DE MILPA ALTA
- MUJERES DE SAN SALVADOR CUAUHTENCO
- COCYP
- FLOR DE MAZAHUA
- ARTESANOS INDEPENDIENTES
- COLECTIVO TIERRA MOJADA
- MUJERES DE IZTAPALAPA
- ASOCIACIÓN DE ARTESANOS Y COMERCIALIZACIÓN EMILIANO ZAPATA
(CANDELARIA)
- TAXIS DE LA MONTAÑA
- GRUPO OTOMI, ZONA ROSA
- COMISION DE DESARROLLO RURAL INDÍGENAS DE NUYOO TLAXIACO
- RED DE FORMACIÓN INDÍGENA
- ORG. INDÍGENA OTOMI SEMINARIO TEMPLO MAYOR NO ASALARIADO A.C
- COALICIÓN DE INDÍGENAS TRIQUIS DE OAXACA
- ORG. MAZAHUA DE SAN ANTONIO
- MOVIMIENTO DE UNIFICACIÓN DE LUCHA TRIQUI
- COMITÉ NACIONAL DE LOS 63 PUEBLOS INDÍGENAS AC
- COORDINADORA NACIONAL DE MUJERES INDIGENAS
INSTITUCIONES QUE NOS APOYAN DESARROLLO COMUNITARIO Y LOCAL DGIDS
- EDUCACIÓN CONTINUA DE LA DGIDS
- LOCATEL
- PUEBLOS Y BARRIOS ORIGINARIOS
- SISTEMA PENITENCIARIO
- SEDEREC
- IASIS
- AGENCIA ESPECIALIZADA PARA PERSONAS INDÍGENAS
- CONAPRED
- SISTEMA PENITENCIARIO
- ASISTENCIA LEGAL
- FUNDACIÓN INDÍGENA
- CDI
- TIERRA PROMETIDA (IMER)
- CLAUSTRO DE SOR JUANA
- INSTITUTO NACIONAL DE ANTROPOLOGÍA E HISTORIA
- DELEGACIÓN MILPA ALTA, CUAUHTEMOC, XOCHIMILCO
- REPRESENTACIÓN COMUNAL DE SAN PABLO OZTOTEPEC
- REPRESENTACIÓN DE BIENES COMUNALES DE SAN SALVADOR CUAUHTENCO
- CRONISTAS DE SAN SALVADOR CUAUHTENCO
ENCUENTRO DE MUJERES INDÍGENAS “ROMPE EL SILENCIO”
Milpa Alta, Distrito Federal,10, 11 y 12 de octubre de 2008
P R O G R A M A
DIA 10 DE OCTUBRE, SAN PABLO OZTOTEPEC, CUARTEL ZAPATISTA
7:00 - 9:00 hrs. Desayuno con prensa
9:00 - 11:00 hrs. Registro y acreditación de participantes.
11:00 - 12:00 hrs. Bienvenida, información de las actividades y presentación de la red.
12:00 - 12:30 hrs. Conferencia, “Situación actual de los pueblos indígenas en México”,
Rodolfo Stavenhagen (pendiente)
12:30 - 13:00 hrs. Conferencia; “Pueblos originarios de la Ciudad de México, ofrecida por la
Maestra Teresa Mora, Instituto Nacional de Antropología.
13:00 - 14:00 hrs. Comentarios de mujeres
14:00 - 15:30 hrs. Comida.
15:30 - 18:00 hrs. Inauguración, ceremonia tradicional de Milpa Alta.
a) palabras de la autoridades tradicionales de milpa alta;
b) palabras de mujeres de la red social;
c) palabras de la red de atención jurídica;
d) palabras de autoridades de la delegación;
e) palabras de la dirección de igualdad y diversidad social;
f) palabras de la SDS.
18:00 - 20:00 hrs. Programa cultural, a cargo de mujeres de San Salvador Cuauhtenco y
San Pablo Oztotepec.
20:00 - 21:00 hrs. Cena.
DIA 11 DE OCTUBRE, SAN PABLO OZTOTEPEC, CUARTEL ZAPATISTA
7:00 - 9:00 hrs. Desayuno.
9:00 - 10:30 hrs. Conferencia magistral, “Mujeres Indígenas en el Siglo XXI, tejedoras de
caminos”, Celerina Patricia Sánchez Santiago, Yoko Savi.
10:30 - 12:00 hrs. Conferencia “Derechos de lo Pueblos Originarios”.
12:00 - 14:00 hrs. Instalación de las 6 mesas de trabajo.
14:00 - 15:30 hrs. Comida.
15:30 - 19:00 hrs. Mesas de trabajo.
19:00 - 20:00 hrs. Conclusiones
20:00 - 21:00 hrs. Cena.
DIA 12 DE OCTUBRE, SAN SALVADOR CUAUHTENCO
7:00 - 9:00 hrs. Desayuno.
9:00 - 11:00 hrs. Concentración de información y plenaria
11:00 – 11:20 hrs. Pronunciamiento, a lado de la iglesia de San Salvador Cuauhtenco
11:20 – 12:30 hrs. Clausura
a) palabras de la autoridades tradicionales de milpa alta; San Pablo Oztotepec y San Salvador Cuauhtenco;
b) palabras de mujeres de la red social;
c) palabras de la red de atención jurídica;
d) palabras de autoridades de la delegación;
e) palabras de la dirección de igualdad y diversidad social;
f) palabras de la SDS
miércoles, 30 de julio de 2008
MUESTRA DE CINE Y VIDEO INDÍGENA
“Rompe el Silencio”
En el marco del Programa “Red Social de Mujeres Indígenas en la Ciudad de México”, a cargo de la Coordinación de Desarrollo Comunitario de la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social, se llevará a cabo del 4 al 10 de Agosto del presente año, en distintos puntos del Distrito Federal, la “Primer Muestra de Cine y Vídeo Indígena en la Ciudad de México”, cuyo objetivo primordial es impulsar la sensibilidad y visibilidad de la Mujeres indígenas en medios de comunicación para romper estereotipos creados que generan discriminación y exclusión a pueblos y comunidades indígenas del Distrito Federal.
Esta muestra busca exponer el quehacer de creadoras y creadores indígenas en el desarrollo cultural, en el registro y difusión de sus historias y aportes a la sociedad en general, contribuyendo así a mostrar el mundo indígena desde otra perspectiva con a visión e identidad cosmogónica de las creadoras y los creadores, creando espacios para la exposición, y ubicando a los miembros de la comunidad indígena como protagonistas de sus propias historias y quehaceres.
Según los indicadores del INI-CONAPO, en México, 2002, a partir del XII Censo General de Población y Vivienda, el Distrito Federal tiene una población indígena total de 333,428 personas, de las cuales 157,714 son hombres y 175,714 son mujeres. En 2005, el INEGI registró una población de hablantes de lengua indígena que alcanza 55,487 hombres y 62,937 mujeres. Además, los estudios del INI-CONAPO y el INEGI, en los “Indicadores socioeconómicos de los pueblos Indígenas, 2002”,arrojan datos donde el 72.9% de la población indígena no tiene acceso a servicios de salud, 27.6% de las viviendas indígenas tienen piso de tierra, 73% no tiene servicios de agua entubada, 52.6% no cuenta con drenaje y 11.2% vive sin energía eléctrica.
Es por eso que el Programa de la Red Social de Mujeres Indígenas en el Distrito Federal está encaminado a construir equidad social e incluyente entre comunidades indígenas y la sociedad en general, construyendo lazos de colaboración y solidaridad entre comunidades de mujeres indígenas de la ciudad con organizaciones de la sociedad civil, escuelas, universidades e instituciones del orden público. En ese sentido, la Muestra pretende hacer uso de los medios de comunicación, en este caso específico el cine y radio, para dar crear espacios de sensibilización hacia las culturas originarias y consolidar el fortalecimiento de la diversidad y la interculturalidad.
Esta Muestra es resultado del trabajo de la Red Social de Mujeres Indígenas que han impulsado una campaña por los Derechos de las Mujeres Indígenas y de la Red jurídica integrada por varias instituciones locales, organizaciones civiles e instituciones federales.
P R O G R A M A
4 de Agosto
19:00 hrs.
Inauguración de la Muestra de Cine y Vídeo Indígena
“El Rebozo de mi Madre” (Cine)
Cineteca Nacional
Av. México Coyoacán 389
Col. Xoco, C.P. 03330
Del. Benito Juárez
4155-1200
5 de Agosto
“El Rebozo de mi madre”(Cine) 16:00 hrs.
“Haciendo Caminos” ( Vídeo-Foro)
Centro Cultural Doctor Mora Núm 1.
”Procesos Históricos: Los Pueblos Indígenas” (Conferencia) 17:30 Hrs.
Centro Cultural José Martí
6 de Agosto
“La Pasión de Ma. Elena” (Cine) 16:45 – 18:00 hrs.
“Creadoras de Sueños” (Vídeo-Foro) 16:00 – 16:45 hrs.
“Cosmovisión y Memoria de los Pueblos Indígenas” (Conferencia) 15:00 – 16:00 hrs.
Reclusorio Varonil Norte
8 de Agosto
“Eréndira Ikikunari, la Conquista desde la visión de los indígenas” (Cine) 18:00 hrs.
“Creadoras de Sueños” (Vídeo-Foro) 17:00 hrs.
“Indigenismo hecho en México” (Taller) 10:00 – 13:00 hrs.
“Derechos de las mujeres Indígenas” (Conferencia) 16:00 hrs.
Museo de Culturas Populares,
Av. Hidalgo 289
9 de Agosto
“La pasión de María Elena” (Cine) 18:00 hrs.
“Pueblos Indígenas y Naciones Unidas” (Vídeo-Foro) 17:00 hrs.
“Producción de Vídeo” (Taller) 10:00 – 13:00 hrs.
“Cosmovisión y memoria de los pueblos Indígenas” (Conferencia) 16:00 hrs.
Museo de Culturas Populares,
Av. Hidalgo 289
10 de Agosto
“Los nadie, historia de esperanza” (Cine) 18:00 hrs.
“Entre dos mundos” (Vídeo-Foro) 17:00 hrs.
“Situación de las mujeres indígenas en la actualidad” (Conferencia) 16:00 hrs.
Museo de Culturas Populares
Av. Hidalgo 289
En el marco del Programa “Red Social de Mujeres Indígenas en la Ciudad de México”, a cargo de la Coordinación de Desarrollo Comunitario de la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social, se llevará a cabo del 4 al 10 de Agosto del presente año, en distintos puntos del Distrito Federal, la “Primer Muestra de Cine y Vídeo Indígena en la Ciudad de México”, cuyo objetivo primordial es impulsar la sensibilidad y visibilidad de la Mujeres indígenas en medios de comunicación para romper estereotipos creados que generan discriminación y exclusión a pueblos y comunidades indígenas del Distrito Federal.
Esta muestra busca exponer el quehacer de creadoras y creadores indígenas en el desarrollo cultural, en el registro y difusión de sus historias y aportes a la sociedad en general, contribuyendo así a mostrar el mundo indígena desde otra perspectiva con a visión e identidad cosmogónica de las creadoras y los creadores, creando espacios para la exposición, y ubicando a los miembros de la comunidad indígena como protagonistas de sus propias historias y quehaceres.
Según los indicadores del INI-CONAPO, en México, 2002, a partir del XII Censo General de Población y Vivienda, el Distrito Federal tiene una población indígena total de 333,428 personas, de las cuales 157,714 son hombres y 175,714 son mujeres. En 2005, el INEGI registró una población de hablantes de lengua indígena que alcanza 55,487 hombres y 62,937 mujeres. Además, los estudios del INI-CONAPO y el INEGI, en los “Indicadores socioeconómicos de los pueblos Indígenas, 2002”,arrojan datos donde el 72.9% de la población indígena no tiene acceso a servicios de salud, 27.6% de las viviendas indígenas tienen piso de tierra, 73% no tiene servicios de agua entubada, 52.6% no cuenta con drenaje y 11.2% vive sin energía eléctrica.
Es por eso que el Programa de la Red Social de Mujeres Indígenas en el Distrito Federal está encaminado a construir equidad social e incluyente entre comunidades indígenas y la sociedad en general, construyendo lazos de colaboración y solidaridad entre comunidades de mujeres indígenas de la ciudad con organizaciones de la sociedad civil, escuelas, universidades e instituciones del orden público. En ese sentido, la Muestra pretende hacer uso de los medios de comunicación, en este caso específico el cine y radio, para dar crear espacios de sensibilización hacia las culturas originarias y consolidar el fortalecimiento de la diversidad y la interculturalidad.
Esta Muestra es resultado del trabajo de la Red Social de Mujeres Indígenas que han impulsado una campaña por los Derechos de las Mujeres Indígenas y de la Red jurídica integrada por varias instituciones locales, organizaciones civiles e instituciones federales.
P R O G R A M A
4 de Agosto
19:00 hrs.
Inauguración de la Muestra de Cine y Vídeo Indígena
“El Rebozo de mi Madre” (Cine)
Cineteca Nacional
Av. México Coyoacán 389
Col. Xoco, C.P. 03330
Del. Benito Juárez
4155-1200
5 de Agosto
“El Rebozo de mi madre”(Cine) 16:00 hrs.
“Haciendo Caminos” ( Vídeo-Foro)
Centro Cultural Doctor Mora Núm 1.
”Procesos Históricos: Los Pueblos Indígenas” (Conferencia) 17:30 Hrs.
Centro Cultural José Martí
6 de Agosto
“La Pasión de Ma. Elena” (Cine) 16:45 – 18:00 hrs.
“Creadoras de Sueños” (Vídeo-Foro) 16:00 – 16:45 hrs.
“Cosmovisión y Memoria de los Pueblos Indígenas” (Conferencia) 15:00 – 16:00 hrs.
Reclusorio Varonil Norte
8 de Agosto
“Eréndira Ikikunari, la Conquista desde la visión de los indígenas” (Cine) 18:00 hrs.
“Creadoras de Sueños” (Vídeo-Foro) 17:00 hrs.
“Indigenismo hecho en México” (Taller) 10:00 – 13:00 hrs.
“Derechos de las mujeres Indígenas” (Conferencia) 16:00 hrs.
Museo de Culturas Populares,
Av. Hidalgo 289
9 de Agosto
“La pasión de María Elena” (Cine) 18:00 hrs.
“Pueblos Indígenas y Naciones Unidas” (Vídeo-Foro) 17:00 hrs.
“Producción de Vídeo” (Taller) 10:00 – 13:00 hrs.
“Cosmovisión y memoria de los pueblos Indígenas” (Conferencia) 16:00 hrs.
Museo de Culturas Populares,
Av. Hidalgo 289
10 de Agosto
“Los nadie, historia de esperanza” (Cine) 18:00 hrs.
“Entre dos mundos” (Vídeo-Foro) 17:00 hrs.
“Situación de las mujeres indígenas en la actualidad” (Conferencia) 16:00 hrs.
Museo de Culturas Populares
Av. Hidalgo 289
viernes, 23 de mayo de 2008
CASO NGÖBE BLUGLE
Las autoridades del Pueblos Ngöbe bugle han declarado por medio de su cacique regional y Coordinador Nacional de los Pueblo Indígenas de Panamá Rogelio Moreno (MESELE) que apoyaran la lucha del Pueblo Ngöbe de Charco la Pava, en su visita a la comunidad el 10 y 11 de mayo de 2008 el cacique Rogelio moreno declaro que se utilizaran todos los medios para defender el territorio de Ngöbe de charco la Pava.
video de la entrevista al cacique Rogelio Moreno:
http://www.youtube.com/watch?v=wMdJk7zuMpA
El 21 de mayo de 2008 se realizo una concentración masiva en la comunidad de Charco la Pava para iniciar acciones de defensa del territorio , también El presidente del Congreso General Ngöbe Bugle organismo de desición del pueblo mgobe y cuyo presidentes es Pedro Rodriguez emplazo a la policía nacional y a la empresa AES para que se retire del territorio, así mismo en dicha concentración se solicito intervención de organismo internacionales para que se resuelva este conflicto y que se respeten el ambiente, biodiversidad y los derechos humanos de los pueblos indígenas en Panamá.
Panamá ,23 de mayo de 2008
video de la entrevista al cacique Rogelio Moreno:
http://www.youtube.com/watch?v=wMdJk7zuMpA
El 21 de mayo de 2008 se realizo una concentración masiva en la comunidad de Charco la Pava para iniciar acciones de defensa del territorio , también El presidente del Congreso General Ngöbe Bugle organismo de desición del pueblo mgobe y cuyo presidentes es Pedro Rodriguez emplazo a la policía nacional y a la empresa AES para que se retire del territorio, así mismo en dicha concentración se solicito intervención de organismo internacionales para que se resuelva este conflicto y que se respeten el ambiente, biodiversidad y los derechos humanos de los pueblos indígenas en Panamá.
Panamá ,23 de mayo de 2008
jueves, 3 de abril de 2008
Carta de Pueblos Ngobe afectados por el Embalse Chan 75de la Empresa AES Changuinola
Estimadas hermanas y hermanos:
Esta es una comunicación urgente
La persona que me ha escrito esta carta es mi amigo. Indígena ngobe. Ahora está viviendo la situación tan difícil que cuenta. Está muy preocupado y si no se consigue algo ahora, será irreversible.
El gobierno de Panamá ha cedido las tierras (es montaña) a esta empresa y la empresa dice que se vayan! A dónde? Ha destruido sus cultivos ahora que ha empezado la temporada y se han sembrado o plantado los alimentos para un año.
Ruego a ustedes que difundan esta comunicación, una gran amiga ha averuguado estás direcciones donde pueden dirigir sus cartas.
a) Si se os ocurre algo que se pueda hacer
b) Envien a sus contactos y pedimos su ayda par difundir esta información, remitan la carta.
c) Firmando y enviando la carta adjunta,que realizó una compañera y amiga de España.
d) Favor de Publicarla en todos los medios posibles
En el adjunto van también todas las direcciones que deberían recibir la carta. Al parecer, el Presidente no tiene correo electrónico; al menos no hemos podido localizarlo. Las direcciones más importantes a enviar serían estas:
DEFENSORIA DEL PUEBLO PANAMA - quejas@defensoriadelpueblo.gob.pa
EMBAJADA DE PANAMA EN ESPAÑA- panemba@teleline.es - Embajadora Dña. Vicentina Rodriguez-Figares
Empresa AES- invest@aes.com
Empresa CCW- mail@mthojgaard.dk
Envien carta al gobierno nacional de Panama para que detengan la brutalidad policial contra los ngobes y a la empresa AES panama y divulguen para que los ngobes de charco la pava no se sientan solo y que no existen leyes .
Carta de Pueblos Ngobe afectados por el Embalse Chan 75de la Empresa AES Changuinola
Enviamos esta carta con carácter de urgencia en pedido de ayuda y apoyo internacional. Los pueblos Ngobes ubicados en la comunidad de Charco la Pava , Distrito de Changuinola, Provincia de Bocas del Toro, Republica de Panamá, estamos siendo objetos de cruentas violaciones de nuestros derechos humanos fundamentales. El pueblo ha sido tomado por la policía nacional, quienes han procedido a utilizar repetidamente fuerza letal contra nosotros, torturar a dirigentes de la comunidad, abusar de nosotros física y verbalmente, destruir nuestra propiedad, tierra y hogares y controlar por la violencia todos los aspectos de nuestra vida cotidiana.
La empresa AES Changuinola, la cual quiere desarrollar una hidroeléctrica en el Rio Changuinola, y la empresa contratista de origen sueco CCW (Changuinola Civil Works), en complicidad de la Gobernadora de la Provincia de Bocas del Toro Esther Mena Chiu, la Alcaldesa Virginia Abrego, el representante regional de la ANAM Valentin Pineda, han todos participado directamente en la violación y ultraje a nuestros derechos, dignidad y humanidad. De la Empresa AES Changuinola han participado en la destrucción la Ingeniera Thais Mejia, Rodolfo Ayarza, Benavides Morales y Lidami Morales. La Policía Nacional ha trabajado a través de la Unidad de Policía Nacional, Zona 9 de Changuinola, bajo la jefatura de José Manuel Ríos.
Entre los ejemplos de las violaciones: la Policía Nacional a través de un escuadrón Anti Motines golpearon, agredieron y arrastraron a través del suelo a niños, mujeres embarazadas y ancianos de la comunidad, desnudaron públicamente a Ana Castillo y después la arrastraron por el suelo mientras la golpeaban, amenazaron de muerte a Francisco Santos , obligaron a miembros de la comunidad a firmar documentos sin decirles que contenían bajo la amenaza de policías armados, incendiaron el hogar de Isabel Becker y le causaron heridas de gravedad al niño Iván Miranda mediante golpe al rostro con la vara policial.
La empresa AES Changuinola en conjunto con el Gobierno Nacional, y bajo la supervisión armada de la Policía nos planteo nuestras alternativas: aceptar 2 mil dólares por hectárea de nuestra tierra (20 centavos el metro cuadrado) o nos quitan las tierras a la fuerza la primera semana de abril de 2008. Nos están obligando a negociar bajo la amenaza de las armas y la muerte.
Nos sentimos desesperados y abandonados. El gobierno nos repite que no tenemos derechos, y que ellos tienen el poder de hacer lo que quieran.
Nos tienen incomunicados y no dejan que nadie visite la comunidad, han torturado, desalojados y amenazados de muerte a nuestros dirigente, están destruyendo todo nuestra tierra y nuestros bosques y animales que son el medio de comer para nuestro pueblo. Estamos en constate temor porque no hay ley que nos proteja en estos lugares.
Pedimos, que hagan lo posible por detener esta barbarie. Nuestras vidas y tierras dependen de poder detener las violaciones.
Comunidades Ngöbes afectadas por las Hidroeléctricas
Ernesto Lopez
Comunidad Charco la Pava
A nombre Ernesto López y por petición suya hacemos llegar esta carta urgente
anexo un testimonio de Ana Castilos el 29 de marzo de 2008.
I. Ana Castilllo y sus hijos Anselmo Santos de 12 años ,Didier Santos de 10 años e Irene Santos de 6 años fueron a donde estaba la mayoría de la comunidad protegiéndose de las detonaciones , cuando fueron reprimido la señora relata “ yo mis chiquillos fuimos a donde los otros en la entrada de la comunidad a pedir por favor no hicieran daño a los cultivos , por ordenes del Ingenieros Rodolfo Ayarza y Lidami Morales , los policía me golpeo , me pateo y me agarraron mi cabello, mis chiquillos le pegaron con tolete , yo solo quería que no dañaran mis cultivos “
II. “ Cuando yo estaba en el Piso Policía me Puso su botas en mi pecho y se reía “
III. “ Un policía me agarro mi ropa y riéndose me rompió mi ropa, me desnudo y en público me llevo desnuda al cuartel arrastrada todos me vieron desnuda medio pena “
IV. La señora Ana Castillo fue abusada verbalmente , desnuda, golpeada y expuesta al público por la Unidades de la policía Nacional , Zona 9 del cuartel de Policía de Changuinola, a cago del jefe de Policía José Manuel Ríos . Una vez detenida las señora Castillo en el cuartel de policía también fue violentada verbalmente , amenazada y amonestada por las unidades de policía la señora relata “en el cuartel quería agua y lloraba, juntos a mis chiquillos, tú eres una estúpida y grosera…que derechos vas a reclamar, tú no tienes derechos, a la próxima les quitamos todo a la fuerza”. “¿Quieres agua?...jajaja la policía me pego y no me dio agua mira, ahora quiere agua…jajaja, cuando hablaba me pegaban, me decían que yo tenía que firmar “
--------------------------------------------------------------------------------
Esta es una comunicación urgente
La persona que me ha escrito esta carta es mi amigo. Indígena ngobe. Ahora está viviendo la situación tan difícil que cuenta. Está muy preocupado y si no se consigue algo ahora, será irreversible.
El gobierno de Panamá ha cedido las tierras (es montaña) a esta empresa y la empresa dice que se vayan! A dónde? Ha destruido sus cultivos ahora que ha empezado la temporada y se han sembrado o plantado los alimentos para un año.
Ruego a ustedes que difundan esta comunicación, una gran amiga ha averuguado estás direcciones donde pueden dirigir sus cartas.
a) Si se os ocurre algo que se pueda hacer
b) Envien a sus contactos y pedimos su ayda par difundir esta información, remitan la carta.
c) Firmando y enviando la carta adjunta,que realizó una compañera y amiga de España.
d) Favor de Publicarla en todos los medios posibles
En el adjunto van también todas las direcciones que deberían recibir la carta. Al parecer, el Presidente no tiene correo electrónico; al menos no hemos podido localizarlo. Las direcciones más importantes a enviar serían estas:
DEFENSORIA DEL PUEBLO PANAMA - quejas@defensoriadelpueblo.gob.pa
EMBAJADA DE PANAMA EN ESPAÑA- panemba@teleline.es - Embajadora Dña. Vicentina Rodriguez-Figares
Empresa AES- invest@aes.com
Empresa CCW- mail@mthojgaard.dk
Envien carta al gobierno nacional de Panama para que detengan la brutalidad policial contra los ngobes y a la empresa AES panama y divulguen para que los ngobes de charco la pava no se sientan solo y que no existen leyes .
Carta de Pueblos Ngobe afectados por el Embalse Chan 75de la Empresa AES Changuinola
Enviamos esta carta con carácter de urgencia en pedido de ayuda y apoyo internacional. Los pueblos Ngobes ubicados en la comunidad de Charco la Pava , Distrito de Changuinola, Provincia de Bocas del Toro, Republica de Panamá, estamos siendo objetos de cruentas violaciones de nuestros derechos humanos fundamentales. El pueblo ha sido tomado por la policía nacional, quienes han procedido a utilizar repetidamente fuerza letal contra nosotros, torturar a dirigentes de la comunidad, abusar de nosotros física y verbalmente, destruir nuestra propiedad, tierra y hogares y controlar por la violencia todos los aspectos de nuestra vida cotidiana.
La empresa AES Changuinola, la cual quiere desarrollar una hidroeléctrica en el Rio Changuinola, y la empresa contratista de origen sueco CCW (Changuinola Civil Works), en complicidad de la Gobernadora de la Provincia de Bocas del Toro Esther Mena Chiu, la Alcaldesa Virginia Abrego, el representante regional de la ANAM Valentin Pineda, han todos participado directamente en la violación y ultraje a nuestros derechos, dignidad y humanidad. De la Empresa AES Changuinola han participado en la destrucción la Ingeniera Thais Mejia, Rodolfo Ayarza, Benavides Morales y Lidami Morales. La Policía Nacional ha trabajado a través de la Unidad de Policía Nacional, Zona 9 de Changuinola, bajo la jefatura de José Manuel Ríos.
Entre los ejemplos de las violaciones: la Policía Nacional a través de un escuadrón Anti Motines golpearon, agredieron y arrastraron a través del suelo a niños, mujeres embarazadas y ancianos de la comunidad, desnudaron públicamente a Ana Castillo y después la arrastraron por el suelo mientras la golpeaban, amenazaron de muerte a Francisco Santos , obligaron a miembros de la comunidad a firmar documentos sin decirles que contenían bajo la amenaza de policías armados, incendiaron el hogar de Isabel Becker y le causaron heridas de gravedad al niño Iván Miranda mediante golpe al rostro con la vara policial.
La empresa AES Changuinola en conjunto con el Gobierno Nacional, y bajo la supervisión armada de la Policía nos planteo nuestras alternativas: aceptar 2 mil dólares por hectárea de nuestra tierra (20 centavos el metro cuadrado) o nos quitan las tierras a la fuerza la primera semana de abril de 2008. Nos están obligando a negociar bajo la amenaza de las armas y la muerte.
Nos sentimos desesperados y abandonados. El gobierno nos repite que no tenemos derechos, y que ellos tienen el poder de hacer lo que quieran.
Nos tienen incomunicados y no dejan que nadie visite la comunidad, han torturado, desalojados y amenazados de muerte a nuestros dirigente, están destruyendo todo nuestra tierra y nuestros bosques y animales que son el medio de comer para nuestro pueblo. Estamos en constate temor porque no hay ley que nos proteja en estos lugares.
Pedimos, que hagan lo posible por detener esta barbarie. Nuestras vidas y tierras dependen de poder detener las violaciones.
Comunidades Ngöbes afectadas por las Hidroeléctricas
Ernesto Lopez
Comunidad Charco la Pava
A nombre Ernesto López y por petición suya hacemos llegar esta carta urgente
anexo un testimonio de Ana Castilos el 29 de marzo de 2008.
I. Ana Castilllo y sus hijos Anselmo Santos de 12 años ,Didier Santos de 10 años e Irene Santos de 6 años fueron a donde estaba la mayoría de la comunidad protegiéndose de las detonaciones , cuando fueron reprimido la señora relata “ yo mis chiquillos fuimos a donde los otros en la entrada de la comunidad a pedir por favor no hicieran daño a los cultivos , por ordenes del Ingenieros Rodolfo Ayarza y Lidami Morales , los policía me golpeo , me pateo y me agarraron mi cabello, mis chiquillos le pegaron con tolete , yo solo quería que no dañaran mis cultivos “
II. “ Cuando yo estaba en el Piso Policía me Puso su botas en mi pecho y se reía “
III. “ Un policía me agarro mi ropa y riéndose me rompió mi ropa, me desnudo y en público me llevo desnuda al cuartel arrastrada todos me vieron desnuda medio pena “
IV. La señora Ana Castillo fue abusada verbalmente , desnuda, golpeada y expuesta al público por la Unidades de la policía Nacional , Zona 9 del cuartel de Policía de Changuinola, a cago del jefe de Policía José Manuel Ríos . Una vez detenida las señora Castillo en el cuartel de policía también fue violentada verbalmente , amenazada y amonestada por las unidades de policía la señora relata “en el cuartel quería agua y lloraba, juntos a mis chiquillos, tú eres una estúpida y grosera…que derechos vas a reclamar, tú no tienes derechos, a la próxima les quitamos todo a la fuerza”. “¿Quieres agua?...jajaja la policía me pego y no me dio agua mira, ahora quiere agua…jajaja, cuando hablaba me pegaban, me decían que yo tenía que firmar “
--------------------------------------------------------------------------------
jueves, 27 de marzo de 2008
Cómo las mujeres zapatistas dejaron de ser invisibles
Vivían una situación de exclusión hasta que dijeron basta y junto al movimiento zapatista empezaron
a reivindicar sus derechos como mujeres indígenas. Miles de estas mujeres analizan ahora lo
hecho y lo que queda por hacer.
Llevar toda la carga cuando no había caballos, traer agua del río al patrón para que pueda bañarse
sin salir de casa, trabajar de sol a sol en las fincas aguantando humillaciones e insultos, sufrir
abusos sexuales para que se cumpliera el llamado derecho de pernada…
Todas estas situaciones han cambiado pero aún siguen muy vivas en las mentes de Avinia, Eva,
Gloria y Angelina, cuatro abuelas de Chiapas que estos días han explicado a miles de mujeres cómo
vivían hace apenas catorce años, antes de sumarse a la lucha zapatista y reclamar sus derechos
como indígenas y como mujeres. Durante varios días, miles de mujeres se han reunido en el Primer
Encuentro de las Mujeres Zapatistas con el Mundo, una iniciativa que toma el relevo a los encuentros
anteriores organizados por los zapatistas para evaluar su situación y el trabajo hecho y que, en
esta ocasión, tiene carácter totalmente femenino.
Avinia, Eva, Gloria y Angelina fueron de las primeras mujeres indígenas en unirse hace veinte años
al movimiento zapatista, que el 1 de enero de 1994 ocupó varias ciudades de la región para visibilizar
la situación de pobreza que vivía la población indígena y campesina. “La seguridad pública asesinaba
y violaba a las mujeres de quienes se organizaban para protestar, hasta que llegó la información
de que podían organizarse clandestinamente”, explica Rosalinda, miembro del movimiento
zapatista. Así, durante bastante tiempo, las mujeres se sumaban a las reuniones que los hombres
mantenían de manera clandestina, “muy en silencio y despacito”, dice Maribel, una de ellas. En
estas reuniones debatían sobre su realidad y buscaban formas de visibilizarla y cambiarla.
El antes y el después
Entre todas las mujeres indígenas y campesinas que participaron en la creación del movimiento
zapatista y la organización de base destacan dos nombres: Ramona y Susana. “Ellas instigaron a
las zapatistas a elaborar su Ley Revolucionaria en los años en que daba mucha risa ver luchar a
una mujer”, explican las mujeres zapatistas reunidas hace unos días, que comentan que además
de luchar contra su situación de desventaja como indígenas en México también tuvieron que hacer
entender a los propios hombres zapatistas la importancia de la implicación de la mujer en esa lucha,
e incluso convencerse ellas mismas de que podían hacerlo.
Aunque reconocen que “todavía falta mucho para lograr el respeto y ocupar en algún lugar el lugar
que nos corresponde”, en la actualidad muchas de ellas realizan un trabajo intelectual y político y
tienen responsabilidades organizativas. Uno de los mayores logros, según las mujeres, es que tras
todos estos años de trabajo ya conocen sus derechos.
Cuando en agosto de 2003 se crearon las Juntas de Buen Gobierno, por ejemplo, no había mujeres
entre sus miembros. Ahora, en cambio, hay varias que participan y se encargan, sobre todo, de recibir
a los mexicanos y extranjeros que se acercan al proyecto, de decidir cómo distribuir los recursos
económicos y de llevar el control de los proyectos y las donaciones. Esto mismo ocurre en los
llamados Municipios Autónomos Rebeldes Zapatistas, en los que todavía el número de mujeres es
“limitado” pero donde las que hay deciden sobre temas de salud, educación o agrarios e investigan
casos de violencia o violación.
Otras mujeres, en cambio, dirigen u ocupan cargos de secretarias o tesoreras en cooperativas que
aglutinan a numerosas mujeres organizadas y que suponen recursos propios para la comunidad.
¿Los resultados de toda esta organización y participación? En temas de salud, por ejemplo, las mujeres
zapatistas explican que hay enfermedades que casi ya no tienen incidencia y que el número de
partos prematuros se ha reducido. A través de otras organizaciones sociales se creó la Clínica Central
de Francisco Gómez y entre los proyectos de futuro destaca la puesta en marcha de un centro
de atención a la mujer.
Presiones y desalojos
En el Primer Encuentro de las Mujeres Zapatistas con el Mundo se habló de los cambios en la situación
de la mujer pero también se hizo referencia a los problemas actuales que toda la población
indígena y campesina de Chiapas afronta. Una de ellas, expresada en boca de las mujeres reunidas
hace unos días, es la presión sobre las comunidades para forzarlas a desalojar sus tierras.
El diario mexicano La Jornada recoge estos días la voz de algunos alcaldes de la región, que han
anunciado que desocuparán tierras para promover proyectos turísticos y económicos; y la voz del
gobierno federal, que se ha comprometido a no permitir desalojos en comunidades zapatistas asentadas
antes de 2007.
En este contexto, a principios de enero llegaron a Chiapas 49 personas miembros de la Comisión
Civil Internacional de Observación por los Derechos Humanos (CCIODH), con el objetivo de entrevistarse
con políticos y miembros de las comunidades y recoger posibles violaciones de derechos
humanos. Según la CCIODH, hay “signos preocupantes de un aumento de la violencia y de conflictividad
en el Estado” de Chiapas.
Desde el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas y organizaciones como Centro
de Análisis Político e Investigaciones Sociales y Económicas (Capise) de Chiapas también han dado
en los últimos días la voz de alerta sobre el aumento de la violencia en la región.
Publicado en: http://www.redfeminista.org/Noticia.asp?ID=5800
a reivindicar sus derechos como mujeres indígenas. Miles de estas mujeres analizan ahora lo
hecho y lo que queda por hacer.
Llevar toda la carga cuando no había caballos, traer agua del río al patrón para que pueda bañarse
sin salir de casa, trabajar de sol a sol en las fincas aguantando humillaciones e insultos, sufrir
abusos sexuales para que se cumpliera el llamado derecho de pernada…
Todas estas situaciones han cambiado pero aún siguen muy vivas en las mentes de Avinia, Eva,
Gloria y Angelina, cuatro abuelas de Chiapas que estos días han explicado a miles de mujeres cómo
vivían hace apenas catorce años, antes de sumarse a la lucha zapatista y reclamar sus derechos
como indígenas y como mujeres. Durante varios días, miles de mujeres se han reunido en el Primer
Encuentro de las Mujeres Zapatistas con el Mundo, una iniciativa que toma el relevo a los encuentros
anteriores organizados por los zapatistas para evaluar su situación y el trabajo hecho y que, en
esta ocasión, tiene carácter totalmente femenino.
Avinia, Eva, Gloria y Angelina fueron de las primeras mujeres indígenas en unirse hace veinte años
al movimiento zapatista, que el 1 de enero de 1994 ocupó varias ciudades de la región para visibilizar
la situación de pobreza que vivía la población indígena y campesina. “La seguridad pública asesinaba
y violaba a las mujeres de quienes se organizaban para protestar, hasta que llegó la información
de que podían organizarse clandestinamente”, explica Rosalinda, miembro del movimiento
zapatista. Así, durante bastante tiempo, las mujeres se sumaban a las reuniones que los hombres
mantenían de manera clandestina, “muy en silencio y despacito”, dice Maribel, una de ellas. En
estas reuniones debatían sobre su realidad y buscaban formas de visibilizarla y cambiarla.
El antes y el después
Entre todas las mujeres indígenas y campesinas que participaron en la creación del movimiento
zapatista y la organización de base destacan dos nombres: Ramona y Susana. “Ellas instigaron a
las zapatistas a elaborar su Ley Revolucionaria en los años en que daba mucha risa ver luchar a
una mujer”, explican las mujeres zapatistas reunidas hace unos días, que comentan que además
de luchar contra su situación de desventaja como indígenas en México también tuvieron que hacer
entender a los propios hombres zapatistas la importancia de la implicación de la mujer en esa lucha,
e incluso convencerse ellas mismas de que podían hacerlo.
Aunque reconocen que “todavía falta mucho para lograr el respeto y ocupar en algún lugar el lugar
que nos corresponde”, en la actualidad muchas de ellas realizan un trabajo intelectual y político y
tienen responsabilidades organizativas. Uno de los mayores logros, según las mujeres, es que tras
todos estos años de trabajo ya conocen sus derechos.
Cuando en agosto de 2003 se crearon las Juntas de Buen Gobierno, por ejemplo, no había mujeres
entre sus miembros. Ahora, en cambio, hay varias que participan y se encargan, sobre todo, de recibir
a los mexicanos y extranjeros que se acercan al proyecto, de decidir cómo distribuir los recursos
económicos y de llevar el control de los proyectos y las donaciones. Esto mismo ocurre en los
llamados Municipios Autónomos Rebeldes Zapatistas, en los que todavía el número de mujeres es
“limitado” pero donde las que hay deciden sobre temas de salud, educación o agrarios e investigan
casos de violencia o violación.
Otras mujeres, en cambio, dirigen u ocupan cargos de secretarias o tesoreras en cooperativas que
aglutinan a numerosas mujeres organizadas y que suponen recursos propios para la comunidad.
¿Los resultados de toda esta organización y participación? En temas de salud, por ejemplo, las mujeres
zapatistas explican que hay enfermedades que casi ya no tienen incidencia y que el número de
partos prematuros se ha reducido. A través de otras organizaciones sociales se creó la Clínica Central
de Francisco Gómez y entre los proyectos de futuro destaca la puesta en marcha de un centro
de atención a la mujer.
Presiones y desalojos
En el Primer Encuentro de las Mujeres Zapatistas con el Mundo se habló de los cambios en la situación
de la mujer pero también se hizo referencia a los problemas actuales que toda la población
indígena y campesina de Chiapas afronta. Una de ellas, expresada en boca de las mujeres reunidas
hace unos días, es la presión sobre las comunidades para forzarlas a desalojar sus tierras.
El diario mexicano La Jornada recoge estos días la voz de algunos alcaldes de la región, que han
anunciado que desocuparán tierras para promover proyectos turísticos y económicos; y la voz del
gobierno federal, que se ha comprometido a no permitir desalojos en comunidades zapatistas asentadas
antes de 2007.
En este contexto, a principios de enero llegaron a Chiapas 49 personas miembros de la Comisión
Civil Internacional de Observación por los Derechos Humanos (CCIODH), con el objetivo de entrevistarse
con políticos y miembros de las comunidades y recoger posibles violaciones de derechos
humanos. Según la CCIODH, hay “signos preocupantes de un aumento de la violencia y de conflictividad
en el Estado” de Chiapas.
Desde el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas y organizaciones como Centro
de Análisis Político e Investigaciones Sociales y Económicas (Capise) de Chiapas también han dado
en los últimos días la voz de alerta sobre el aumento de la violencia en la región.
Publicado en: http://www.redfeminista.org/Noticia.asp?ID=5800
miércoles, 19 de marzo de 2008
Los indígenas abogan por un Estado plurinacional
María Victoria Romero
Ante el avance de una nueva Constitución, indígenas y campesinos discuten y exigen la construcción de un modelo de estado justo y equitativo para todos.
Ecuador como un Estado plurinacional es uno de los aspectos polémicos que abordará la Asamblea Constituyente en la redacción de la próxima Carta Magna. Esa nueva concepción del Estado, constituye una de las principales aspiraciones políticas de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie) y otras organizaciones, desde inicios de los noventa.
La semana pasada, la presión indígena hacia el gobierno se hizo sentir. Cerca de 20 mil integrantes de la Conaie y otras organizaciones sociales participaron de una marcha por la construcción del Estado Plurinacional. Los manifestantes se concentraron en la Plaza Grande de Quito para presentar sus demandas y propuestas a la Asamblea Constituyente a través del Presidente, Alberto Acosta.
Por su parte, Marlon Santi, presidente de la Confederación, dijo que de no aceptarse la propuesta del Estado Plurinacional estaría negándose la participación del movimiento y de todos los sectores sociales en los procesos de transformación del país.
En tanto, Alberto Acosta, aseguró que la Asamblea discute la nueva constitución bajo los principios del Sumak Kawsay, que significa “el buen vivir”, donde el hombre conviva con la naturaleza y que la producción no se base sólo en la explotación del hombre por el hombre.
Desde el gobierno explicaron que en la reunión del fin de semana, se debatirán temas como la propuesta de declarar la plurinacionalidad del Estado y otros conflictivos para el país como el uso del suelo por parte de las comunidades indígenas, donde están asentados los recursos naturales como el agua, las minas o el petróleo.
Con respecto a este último punto, es posible que la Constitución declare a esos recursos como áreas estratégicas y de propiedad del Estado, pero todavía no hay consenso.
Otros dos aspectos en los cuales no se llega a un acuerdo al interior del bloque oficialista Acuerdo País, es la cuestión del derecho a la vida, la denominada soberanía del cuerpo y el aborto; y la unión entre personas del mismo sexo.
En ese marco, el cálculo político del oficialismo radica en mostrar hacia fuera una actuación de independencia pero de mutua coordinación con las acciones del presidente Rafael Correa.
El Estado plurinacional fue discutido durante varias jornadas en el foro “Pueblos Indígenas, Estados Plurinacionales y Derecho al agua”, organizado por la Coordinadora Andina Organizaciones Indígenas y del que participaron delegaciones de México, Chile, Bolivia, Perú, Ecuador y Guatemala.
El objetivo del encuentro fue debatir sobre la necesidad del Estado Plurinacional como un mecanismo que permita la incorporación de la diversidad en la construcción de un modelo justo y equitativo, donde el agua sea considerada como un derecho fundamental para la vida.
“Tenemos una lengua, un espacio de hábitat, un ejercicio de autoridad. Lo que queremos es que se fortalezca ese proceso”, dijo Humberto Cholango, dirigente indígena de la Ecuarunari.
En ese contexto, aclaró que no se trata de crear un Estado dentro de otro Estado y explicó que en la Constitución se debe definir con claridad la relación entre el Estado y los gobiernos comunitarios. “Creemos que así se fortalecería el Estado porque su acción llegaría a esos sectores a través de estas organizaciones comunitarias”.
“Nadie está diciendo que las comunidades indígenas se van a apropiar del petróleo, el agua, las fuentes naturales. Estamos diciendo que esos recursos son de los ecuatorianos y son de los pueblos y su administración debe ser comunitaria para toda la colectividad”, afirmó.
“Respaldamos la lucha de la Conaie y de todo del movimiento indígena del continente en la defensa de sus territorios-fue una de las declaraciones finales del Foro- sus riquezas naturales y sus formas culturales. Y rechazamos cualquier intento de calificación, por parte del imperialismo y de las derechas locales, de organizaciones terroristas y estaremos atentos de que no sean perseguidos por este tipo de acusaciones”.
Fuente: APM | Agencia Periodística del MERCOSUR. Facultad de Periodismo y Comunicación Social. Universidad Nacional de La Plata.
Ante el avance de una nueva Constitución, indígenas y campesinos discuten y exigen la construcción de un modelo de estado justo y equitativo para todos.
Ecuador como un Estado plurinacional es uno de los aspectos polémicos que abordará la Asamblea Constituyente en la redacción de la próxima Carta Magna. Esa nueva concepción del Estado, constituye una de las principales aspiraciones políticas de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie) y otras organizaciones, desde inicios de los noventa.
La semana pasada, la presión indígena hacia el gobierno se hizo sentir. Cerca de 20 mil integrantes de la Conaie y otras organizaciones sociales participaron de una marcha por la construcción del Estado Plurinacional. Los manifestantes se concentraron en la Plaza Grande de Quito para presentar sus demandas y propuestas a la Asamblea Constituyente a través del Presidente, Alberto Acosta.
Por su parte, Marlon Santi, presidente de la Confederación, dijo que de no aceptarse la propuesta del Estado Plurinacional estaría negándose la participación del movimiento y de todos los sectores sociales en los procesos de transformación del país.
En tanto, Alberto Acosta, aseguró que la Asamblea discute la nueva constitución bajo los principios del Sumak Kawsay, que significa “el buen vivir”, donde el hombre conviva con la naturaleza y que la producción no se base sólo en la explotación del hombre por el hombre.
Desde el gobierno explicaron que en la reunión del fin de semana, se debatirán temas como la propuesta de declarar la plurinacionalidad del Estado y otros conflictivos para el país como el uso del suelo por parte de las comunidades indígenas, donde están asentados los recursos naturales como el agua, las minas o el petróleo.
Con respecto a este último punto, es posible que la Constitución declare a esos recursos como áreas estratégicas y de propiedad del Estado, pero todavía no hay consenso.
Otros dos aspectos en los cuales no se llega a un acuerdo al interior del bloque oficialista Acuerdo País, es la cuestión del derecho a la vida, la denominada soberanía del cuerpo y el aborto; y la unión entre personas del mismo sexo.
En ese marco, el cálculo político del oficialismo radica en mostrar hacia fuera una actuación de independencia pero de mutua coordinación con las acciones del presidente Rafael Correa.
El Estado plurinacional fue discutido durante varias jornadas en el foro “Pueblos Indígenas, Estados Plurinacionales y Derecho al agua”, organizado por la Coordinadora Andina Organizaciones Indígenas y del que participaron delegaciones de México, Chile, Bolivia, Perú, Ecuador y Guatemala.
El objetivo del encuentro fue debatir sobre la necesidad del Estado Plurinacional como un mecanismo que permita la incorporación de la diversidad en la construcción de un modelo justo y equitativo, donde el agua sea considerada como un derecho fundamental para la vida.
“Tenemos una lengua, un espacio de hábitat, un ejercicio de autoridad. Lo que queremos es que se fortalezca ese proceso”, dijo Humberto Cholango, dirigente indígena de la Ecuarunari.
En ese contexto, aclaró que no se trata de crear un Estado dentro de otro Estado y explicó que en la Constitución se debe definir con claridad la relación entre el Estado y los gobiernos comunitarios. “Creemos que así se fortalecería el Estado porque su acción llegaría a esos sectores a través de estas organizaciones comunitarias”.
“Nadie está diciendo que las comunidades indígenas se van a apropiar del petróleo, el agua, las fuentes naturales. Estamos diciendo que esos recursos son de los ecuatorianos y son de los pueblos y su administración debe ser comunitaria para toda la colectividad”, afirmó.
“Respaldamos la lucha de la Conaie y de todo del movimiento indígena del continente en la defensa de sus territorios-fue una de las declaraciones finales del Foro- sus riquezas naturales y sus formas culturales. Y rechazamos cualquier intento de calificación, por parte del imperialismo y de las derechas locales, de organizaciones terroristas y estaremos atentos de que no sean perseguidos por este tipo de acusaciones”.
Fuente: APM | Agencia Periodística del MERCOSUR. Facultad de Periodismo y Comunicación Social. Universidad Nacional de La Plata.
martes, 18 de marzo de 2008
TALLER LATINOAMERICANO DE LA RED DE MUJERES INDIGENAS SOBRE BIODIVERSIDAD.
PREPARATORIA PARA LA PARTICIPACION DE LAS MUJERES INDIGENAS EN LA COP 9
Panamá, del 7 al 9 de abril de 2008
CONVOCATORIA
Uno de los mayores esfuerzos de las mujeres indígenas durante las dos pasadas décadas ha sido trabajar por el reconocimiento de su participación y derechos en el marco del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB), en especial por el respeto a los conocimientos tradicionales y al rol vital que desempeñan en la protección de la biodiversidad y el desarrollo sostenible. En la más reciente Conferencia de las Partes del CDB, la 8ª COP celebrada en Curitiba, Brasil, en 2006, las mujeres indígenas tuvieron un impacto significativo en las negociaciones entre los estados en una serie de áreas de trabajo temáticas claves de importancia para los pueblos indígenas, incluyendo: el trabajo sobre áreas protegidas, artículo 8(j) y disposiciones conexas y acceso y participación en los beneficios.
Desde la COP4 en Bratislava, las mujeres indígenas se organizaron como Red de Mujeres Indígenas Sobre Biodiversidad para contribuir y participar en este proceso de implementació n del convenio y han continuado dando seguimiento y participando en los temas que les preocupan, incluido en los diferentes grupos de trabajo que se han establecido en el marco del Convenio, incluyendo en las ultimas reuniones, como en el trabajo del Grupo sobre Indicadores del Foro Internacional Indígena sobre Biodiversidad (FIIB) y el Seminario Internacional de Expertos para evaluar el progreso hacia la meta de biodiversidad 2010: situación del conocimiento tradicional, innovaciones y prácticas, además de los talleres regionales celebrados en África, Asia, América Latina, el Pacífico y el Ártico sobre indicadores. Las mujeres indígenas esperan participar en varios foros, reuniones y seminarios planificados antes de la COP9. En cada una de estas reuniones, las mujeres indígenas, a través de la RMIB y el FIIB, han presentado o presentarán sus preocupaciones y asesorarán el trabajo de las Partes en la implementació n del CDB.
En la 9ª Conferencia de las Partes que se celebrará en Bonn, Alemania, en mayo de 2008, las Partes considerarán los borradores de las decisiones que se han ido elaborando sobre cada una de las áreas de trabajo. En particular, se espera que se adopten decisiones en apoyo del trabajo de los pueblos indígenas con su participación y siguiendo sus recomendaciones, como decisiones relativas a la protección de los sistemas de conocimiento indígena en el trabajo del Grupo de Trabajo sobre acceso y participación en los beneficios. Los pueblos indígenas, por ende las mujeres proporcionará n también asesoría y harán aportaciones en otros temas de la agenda de la COP9.
Por es de vital importancia el fortalecimiento de las capacidades de las mujeres indígenas ya que permitirá consolidar la contribución real y efectiva de las mismas en el proceso de CDB y además permitirá fortalecer la cooperación entre las partes y el secretariado del convenio con los pueblos indígenas, en la futuras reuniones.
Por lo tanto se propone realizar un taller de 3 días con la participación de 20 mujeres a nivel de Latinoamérica del 7 al 9 de abril de 2008 en la ciudad de Panamá.
Esta iniciativa es apoyada por el Gobierno de España, a través de su Agencia de Cooperación, y de la Secretaria del Convenio de la Diversidad Biológica, convocada por la Fundación Para la Promoción del Conocimiento Indígena y la Red de Mujeres Indígenas sobre Biodiversidad de Abya Yala.
Esperamos que este espacio sea la base para consolidar nuestros trabajos a nivel local y regional. También para preparar nuestras estrategias de trabajo en el espacio internacional.
Objetivo general
Fortalecer las capacidades de las mujeres indígenas, para incidir y asegurar la participación plena y efectiva en la 9ª COP. Así mismo impulsar el liderazgo de las mujeres indígenas a nivel local, nacional e internacional en la protección del conocimiento tradicional, su conservación y revitalizació n en el marco del Convenio de Biodiversidad.
Objetivos específicos
1. Proporcionar a las mujeres indígenas una fuente de información y recursos relativos a la implicación pasada y presente de los pueblos indígenas en el proceso del CDB.
2. Proporcionar un espacio para discutir con detalle la agenda y procesos de la COP9 y donde elaborar estrategias para la implicación y participación en la COP.
3. Hacer un seguimiento y apoyar los logros conseguidos en las reuniones intersesionales, reuniones de expertos, reuniones de los grupos de trabajo y conferencias relacionadas relativas a los derechos de los pueblos indígenas.
4. Garantizar que los procesos para la participación de las mujeres indígenas en las negociaciones del CDB se mantengan y mejoran.
5. Planificar una estratégica del RMIB para involucrarse en los programas de trabajo de CDB.
6. Planificar para dialogar con los gobiernos, donantes y otras ONG que trabajan en este campo.
Temas a desarrollar
1. Introducción al CDB
2. Informes de las diferentes reuniones de los GT
a. Articulo 8j
b. Acceso a Recursos Genéticos
c. Áreas Protegidas
d. Órgano Subsidiario
3. Cambio Climático
4. Régimen Internacional sobre ABS
5. COP9 ( revisión de la agenda y estrategias)
6. Trabajos futuros de la RMIB
Participación
A este taller Latinoamericano están invitadas todas las mujeres indígenas interesadas en seguir el proceso del CDB, que quieran contribuir con sus experiencias de trabajo sobre los diferentes temas que desarrolla el convenio y temas relacionados, que nos fortalecerá en nuestra participación la COP9 y en otros espacios.
Igualmente estarán participando las mujeres que estén preparándose para participar en la COP9, de una u otra forma.
Por ultimo estamos procurando que participen todas las miembras de la Red de Mujeres Indígenas sobre Biodiversidad de Abya Yala.
Costos
En este taller estaremos cubriendo a 20 mujeres sus gastos de participación que incluye billete de avión, alimentación, visas, hospedaje, y transporte interno (taxi al aeropuerto en su país de origen).
También informamos que serán bienvenidas las personas que puedan obtener fondos propios/ parcial, para poder participar en este taller, e informarnos anticipadamente.
Información adicional
También se esta programando seguido al taller de las mujeres indígenas, un taller con la participación de los hermanos indígenas los días 10 y 11 de abril, en la misma ciudad de Panamá, algunas de las compañeras de la RMIB, estarán participando en este taller. Igualmente si hay interés de otras personas en participar con fondos propios son bienvenidos.
Comunicación
Las comunicaciones serán dirigidos a Florina López M, coordinadora de la RMIB o a Onel Masardule, director ejecutivo de la FPCI a las siguientes direcciones de correo electrónico: redemujeres_ indigenas@ hotmail.com
kuna_09@hotmail. com
fpci@advancedcom. net
Teléfonos: (507) 209 29 23
Celular: (507) 66 68 67 55
Panamá, del 7 al 9 de abril de 2008
CONVOCATORIA
Uno de los mayores esfuerzos de las mujeres indígenas durante las dos pasadas décadas ha sido trabajar por el reconocimiento de su participación y derechos en el marco del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB), en especial por el respeto a los conocimientos tradicionales y al rol vital que desempeñan en la protección de la biodiversidad y el desarrollo sostenible. En la más reciente Conferencia de las Partes del CDB, la 8ª COP celebrada en Curitiba, Brasil, en 2006, las mujeres indígenas tuvieron un impacto significativo en las negociaciones entre los estados en una serie de áreas de trabajo temáticas claves de importancia para los pueblos indígenas, incluyendo: el trabajo sobre áreas protegidas, artículo 8(j) y disposiciones conexas y acceso y participación en los beneficios.
Desde la COP4 en Bratislava, las mujeres indígenas se organizaron como Red de Mujeres Indígenas Sobre Biodiversidad para contribuir y participar en este proceso de implementació n del convenio y han continuado dando seguimiento y participando en los temas que les preocupan, incluido en los diferentes grupos de trabajo que se han establecido en el marco del Convenio, incluyendo en las ultimas reuniones, como en el trabajo del Grupo sobre Indicadores del Foro Internacional Indígena sobre Biodiversidad (FIIB) y el Seminario Internacional de Expertos para evaluar el progreso hacia la meta de biodiversidad 2010: situación del conocimiento tradicional, innovaciones y prácticas, además de los talleres regionales celebrados en África, Asia, América Latina, el Pacífico y el Ártico sobre indicadores. Las mujeres indígenas esperan participar en varios foros, reuniones y seminarios planificados antes de la COP9. En cada una de estas reuniones, las mujeres indígenas, a través de la RMIB y el FIIB, han presentado o presentarán sus preocupaciones y asesorarán el trabajo de las Partes en la implementació n del CDB.
En la 9ª Conferencia de las Partes que se celebrará en Bonn, Alemania, en mayo de 2008, las Partes considerarán los borradores de las decisiones que se han ido elaborando sobre cada una de las áreas de trabajo. En particular, se espera que se adopten decisiones en apoyo del trabajo de los pueblos indígenas con su participación y siguiendo sus recomendaciones, como decisiones relativas a la protección de los sistemas de conocimiento indígena en el trabajo del Grupo de Trabajo sobre acceso y participación en los beneficios. Los pueblos indígenas, por ende las mujeres proporcionará n también asesoría y harán aportaciones en otros temas de la agenda de la COP9.
Por es de vital importancia el fortalecimiento de las capacidades de las mujeres indígenas ya que permitirá consolidar la contribución real y efectiva de las mismas en el proceso de CDB y además permitirá fortalecer la cooperación entre las partes y el secretariado del convenio con los pueblos indígenas, en la futuras reuniones.
Por lo tanto se propone realizar un taller de 3 días con la participación de 20 mujeres a nivel de Latinoamérica del 7 al 9 de abril de 2008 en la ciudad de Panamá.
Esta iniciativa es apoyada por el Gobierno de España, a través de su Agencia de Cooperación, y de la Secretaria del Convenio de la Diversidad Biológica, convocada por la Fundación Para la Promoción del Conocimiento Indígena y la Red de Mujeres Indígenas sobre Biodiversidad de Abya Yala.
Esperamos que este espacio sea la base para consolidar nuestros trabajos a nivel local y regional. También para preparar nuestras estrategias de trabajo en el espacio internacional.
Objetivo general
Fortalecer las capacidades de las mujeres indígenas, para incidir y asegurar la participación plena y efectiva en la 9ª COP. Así mismo impulsar el liderazgo de las mujeres indígenas a nivel local, nacional e internacional en la protección del conocimiento tradicional, su conservación y revitalizació n en el marco del Convenio de Biodiversidad.
Objetivos específicos
1. Proporcionar a las mujeres indígenas una fuente de información y recursos relativos a la implicación pasada y presente de los pueblos indígenas en el proceso del CDB.
2. Proporcionar un espacio para discutir con detalle la agenda y procesos de la COP9 y donde elaborar estrategias para la implicación y participación en la COP.
3. Hacer un seguimiento y apoyar los logros conseguidos en las reuniones intersesionales, reuniones de expertos, reuniones de los grupos de trabajo y conferencias relacionadas relativas a los derechos de los pueblos indígenas.
4. Garantizar que los procesos para la participación de las mujeres indígenas en las negociaciones del CDB se mantengan y mejoran.
5. Planificar una estratégica del RMIB para involucrarse en los programas de trabajo de CDB.
6. Planificar para dialogar con los gobiernos, donantes y otras ONG que trabajan en este campo.
Temas a desarrollar
1. Introducción al CDB
2. Informes de las diferentes reuniones de los GT
a. Articulo 8j
b. Acceso a Recursos Genéticos
c. Áreas Protegidas
d. Órgano Subsidiario
3. Cambio Climático
4. Régimen Internacional sobre ABS
5. COP9 ( revisión de la agenda y estrategias)
6. Trabajos futuros de la RMIB
Participación
A este taller Latinoamericano están invitadas todas las mujeres indígenas interesadas en seguir el proceso del CDB, que quieran contribuir con sus experiencias de trabajo sobre los diferentes temas que desarrolla el convenio y temas relacionados, que nos fortalecerá en nuestra participación la COP9 y en otros espacios.
Igualmente estarán participando las mujeres que estén preparándose para participar en la COP9, de una u otra forma.
Por ultimo estamos procurando que participen todas las miembras de la Red de Mujeres Indígenas sobre Biodiversidad de Abya Yala.
Costos
En este taller estaremos cubriendo a 20 mujeres sus gastos de participación que incluye billete de avión, alimentación, visas, hospedaje, y transporte interno (taxi al aeropuerto en su país de origen).
También informamos que serán bienvenidas las personas que puedan obtener fondos propios/ parcial, para poder participar en este taller, e informarnos anticipadamente.
Información adicional
También se esta programando seguido al taller de las mujeres indígenas, un taller con la participación de los hermanos indígenas los días 10 y 11 de abril, en la misma ciudad de Panamá, algunas de las compañeras de la RMIB, estarán participando en este taller. Igualmente si hay interés de otras personas en participar con fondos propios son bienvenidos.
Comunicación
Las comunicaciones serán dirigidos a Florina López M, coordinadora de la RMIB o a Onel Masardule, director ejecutivo de la FPCI a las siguientes direcciones de correo electrónico: redemujeres_ indigenas@ hotmail.com
kuna_09@hotmail. com
fpci@advancedcom. net
Teléfonos: (507) 209 29 23
Celular: (507) 66 68 67 55
viernes, 14 de marzo de 2008
Foro : Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y tribales en países Independientes de la Organización Internacional del trabajo
Invitación
El objetivo de la actividad es discutir y analizar los contenidos del convenio desde la perspectiva del movimiento sindical , el sector empresarial , además de un análisis del contexto internacional del convenio 169 y la declaración de de Naciones Unidas sobre los Pueblos Indígenas.
Contará con la Presencia de la Representante de las Naciones Unidas de Derechos Humanos , Representante del sector empresarial, del sector sindical, sociedad civil y autoridades indígenas de Panama.
Lugar: Auditorio José Dolores Móscate
Universidad de Panama
Fecha: miércoles 19 de marzo de 2008.
Hora : 6:pm
Invitan:
Congreso Embera Alto Bayano
Comisión de Asuntos Indígenas
Asamblea de Diputados de Panamá
Juventud Unida Por Panamá
Asociación de estudiantes Kunas de la Universidad de Panamá
Asociación de Estudiantes Ngobes bugle de la Universidad de Panamá
El objetivo de la actividad es discutir y analizar los contenidos del convenio desde la perspectiva del movimiento sindical , el sector empresarial , además de un análisis del contexto internacional del convenio 169 y la declaración de de Naciones Unidas sobre los Pueblos Indígenas.
Contará con la Presencia de la Representante de las Naciones Unidas de Derechos Humanos , Representante del sector empresarial, del sector sindical, sociedad civil y autoridades indígenas de Panama.
Lugar: Auditorio José Dolores Móscate
Universidad de Panama
Fecha: miércoles 19 de marzo de 2008.
Hora : 6:pm
Invitan:
Congreso Embera Alto Bayano
Comisión de Asuntos Indígenas
Asamblea de Diputados de Panamá
Juventud Unida Por Panamá
Asociación de estudiantes Kunas de la Universidad de Panamá
Asociación de Estudiantes Ngobes bugle de la Universidad de Panamá
jueves, 6 de marzo de 2008
Denuncia Eufrosina Cruz amenazas en su contra
Señala la ex candidata a la alcaldía de Santa María Quiegolani, quien denunció discriminación política por ser mujer, que recibió amenazas del edil actual
Notimex
El Universal
Oaxaca
Jueves 28 de febrero de 2008
La ex candidata a la alcaldía istmeña de Santa María Quiegolani, Eufrosina Cruz Mendoza, presentó una denuncia ante la procuraduría estatal debido a amenazas por defender el derecho de las mujeres a participar en la vida política de la localidad.
En conferencia de prensa, Cruz Mendoza refirió que luego de la visita del gobernador Ulises Ruiz a Quiegolani, el pasado 18 de enero, donde exhortó al alcalde Eloy Mendoza a garantizar la participación de las mujeres en las decisiones del ayuntamiento, ella comenzó a recibir amenazas.
Las intimidaciones, dijo, provienen directamente del edil de Quiegolani, Eloy Mendoza, quien, agregó, es manejado por el anterior munícipe, Saúl Cruz Vázquez, a quien calificó como el autor intelectual de estos hechos.
A ello, precisó, se suman las amenazas de muerte recibidas por teléfono y vía celular el pasado 26 de febrero.
Al respecto, el abogado de Cruz Mendoza, Joel Salazar Ramírez, precisó que su cliente presentó dos denuncias penales ante la procuraduría estatal, por los delitos de amenazas, usurpación de funciones y lo que resulte.
Salazar Ramírez adelantó que el próximo 3 de marzo tendrá lugar una prueba testimonial ante la procuraduría, en la que participará un intérprete oficial, debido a que quienes se presentarán pueden expresarse mejor en la lengua zapoteca.
"Ya temo por mi vida y ninguna autoridad ha puesto atención a mi caso", denunció la ex candidata, a quien le fuera revocado el triunfo de la pasada elección por Usos y Costumbres celebrada en noviembre de 2007, debido a que de acuerdo a una determinación de la asamblea, las mujeres no pueden votar ni ser votadas.
Cruz Martínez aseguró que esta lucha "no es por Eufrosina, sino por todas las mujeres indígenas que no tienen derechos en las comunidades", toda vez que en los municipios del estado que se rigen bajo Usos y Costumbres, dijo, "siguen pisoteándose los derechos" de ese sector.
En Quiegolani, agregó, "el edil no permitió la participación de las mujeres en la asamblea comunitaria. Ya pasó la primera asamblea de este año y no permitió que las mujeres participaran porque dijo que van a ser los hombres los que decidan si las mujeres van a tener derecho al voto o no en las elecciones".
Notimex
El Universal
Oaxaca
Jueves 28 de febrero de 2008
La ex candidata a la alcaldía istmeña de Santa María Quiegolani, Eufrosina Cruz Mendoza, presentó una denuncia ante la procuraduría estatal debido a amenazas por defender el derecho de las mujeres a participar en la vida política de la localidad.
En conferencia de prensa, Cruz Mendoza refirió que luego de la visita del gobernador Ulises Ruiz a Quiegolani, el pasado 18 de enero, donde exhortó al alcalde Eloy Mendoza a garantizar la participación de las mujeres en las decisiones del ayuntamiento, ella comenzó a recibir amenazas.
Las intimidaciones, dijo, provienen directamente del edil de Quiegolani, Eloy Mendoza, quien, agregó, es manejado por el anterior munícipe, Saúl Cruz Vázquez, a quien calificó como el autor intelectual de estos hechos.
A ello, precisó, se suman las amenazas de muerte recibidas por teléfono y vía celular el pasado 26 de febrero.
Al respecto, el abogado de Cruz Mendoza, Joel Salazar Ramírez, precisó que su cliente presentó dos denuncias penales ante la procuraduría estatal, por los delitos de amenazas, usurpación de funciones y lo que resulte.
Salazar Ramírez adelantó que el próximo 3 de marzo tendrá lugar una prueba testimonial ante la procuraduría, en la que participará un intérprete oficial, debido a que quienes se presentarán pueden expresarse mejor en la lengua zapoteca.
"Ya temo por mi vida y ninguna autoridad ha puesto atención a mi caso", denunció la ex candidata, a quien le fuera revocado el triunfo de la pasada elección por Usos y Costumbres celebrada en noviembre de 2007, debido a que de acuerdo a una determinación de la asamblea, las mujeres no pueden votar ni ser votadas.
Cruz Martínez aseguró que esta lucha "no es por Eufrosina, sino por todas las mujeres indígenas que no tienen derechos en las comunidades", toda vez que en los municipios del estado que se rigen bajo Usos y Costumbres, dijo, "siguen pisoteándose los derechos" de ese sector.
En Quiegolani, agregó, "el edil no permitió la participación de las mujeres en la asamblea comunitaria. Ya pasó la primera asamblea de este año y no permitió que las mujeres participaran porque dijo que van a ser los hombres los que decidan si las mujeres van a tener derecho al voto o no en las elecciones".
Comparten arte y sueños creadoras indígenas
Del 6 al 9 de marzo se realizará un encuentro nacional
Comparten arte y sueños creadoras indígenas
Más de 135 artistas representarán a 21 pueblos aborígenes de cuatro países.
Se busca que las creadoras sean apreciadas desde la parte estética, antes de la antropológica. Foto: Cortesía Fernando García/DGCP-Conacult a
3-Marzo-08
Las artistas indígenas viven una triple marginación: por ser indígenas, mujeres y pobres. Y sin embargo, son las depositarias más fuertes de la cultura de sus pueblos. Tal es el convencimiento de los organizadores del séptimo Encuentro Nacional Creadoras de Sueños y Realidades. Mujeres indígenas en el arte, donde se reúnen más de 135 artistas que buscan mostrar su creatividad.
A desarrollarse del 6 al 9 de marzo, en Tlaquepaque, Ocotlán, Tonalá y Guadalajara, en Jalisco –en el marco del Día Internacional de la Mujer–, el encuentro busca consolidarse en el mejor espacio para proyectar las creaciones de las mujeres indígenas, sobre todo la valoración de sus expresiones artísticas.
“Las obras”, cuenta la creadora mazateca Gloria Martínez, “llevan grabadas sus huellas, sentimientos, emociones, fortalezas, tristezas y su riqueza cultural […]. De las experiencias y aprendizajes de los encuentros, cada una emprende actividades desde el contexto comunitario, aunque también necesita proyectarse a otros espacios a fin de reflexionar y reivindicar su labor.”
Mujeres de 18 pueblos indígenas de México, que rinden tributo a sus culturas y a su vida cotidiana, como portadoras de su identidad y, en particular, en constante búsqueda de recursos artísticos que les permiten dialogar con el arte contemporáneo.
Escritoras, cantantes, fotógrafas, videoastas, diseñadoras, pintoras, escultoras y artesanas de México, además de tres artistas de Guatemala, Bolivia y Chile, se reúnen a fin de establecer un diálogo en torno a sus propuestas y sus retos, habida cuenta de las dificultades que tienen para desarrollar sus obras.
Juan Gregorio Regino, subdirector de Desarrollo de las Culturas Indígenas de la Dirección de Culturas Populares del Conaculta, aseguró que un desafío es propiciar que las creadoras sean apreciadas desde la parte estética, antes de la antropológica.
“Hemos buscado vincular a la participantes con la formación académica y el desarrollo cultural comunitario. Realizamos convenios con la UNAM para atender la necesidad de profesionalizació n de cantantes, compositoras y escritoras.
“Resulta muy complejo, porque no se trata de que los académicos le enseñen a las creadoras indígenas sobre su arte y su cultura, porque lo harían desde su visión occidental; se trata de darles las herramientas teóricas-metodoló gicas para que puedan hurgar en la memoria artística y estética de sus pueblos.”
El encuentro de creadoras busca difundir la memoria y la cosmovisión de los pueblos indígenas, al tiempo de consolidar sus voces en la cultura nacional, de ahí la necesidad de crear un mayor número de espacios que permitan mostrar sus propuestas, a fin de lograr “sean diferentes, renovadas y con mucho más claridad de lo que hacen, pues sólo de esa manera vamos a percibir esas otras visiones presentes en nuestra realidad”, a decir de Juan Gregorio Regino.
Comparten arte y sueños creadoras indígenas
Más de 135 artistas representarán a 21 pueblos aborígenes de cuatro países.
Se busca que las creadoras sean apreciadas desde la parte estética, antes de la antropológica. Foto: Cortesía Fernando García/DGCP-Conacult a
3-Marzo-08
Las artistas indígenas viven una triple marginación: por ser indígenas, mujeres y pobres. Y sin embargo, son las depositarias más fuertes de la cultura de sus pueblos. Tal es el convencimiento de los organizadores del séptimo Encuentro Nacional Creadoras de Sueños y Realidades. Mujeres indígenas en el arte, donde se reúnen más de 135 artistas que buscan mostrar su creatividad.
A desarrollarse del 6 al 9 de marzo, en Tlaquepaque, Ocotlán, Tonalá y Guadalajara, en Jalisco –en el marco del Día Internacional de la Mujer–, el encuentro busca consolidarse en el mejor espacio para proyectar las creaciones de las mujeres indígenas, sobre todo la valoración de sus expresiones artísticas.
“Las obras”, cuenta la creadora mazateca Gloria Martínez, “llevan grabadas sus huellas, sentimientos, emociones, fortalezas, tristezas y su riqueza cultural […]. De las experiencias y aprendizajes de los encuentros, cada una emprende actividades desde el contexto comunitario, aunque también necesita proyectarse a otros espacios a fin de reflexionar y reivindicar su labor.”
Mujeres de 18 pueblos indígenas de México, que rinden tributo a sus culturas y a su vida cotidiana, como portadoras de su identidad y, en particular, en constante búsqueda de recursos artísticos que les permiten dialogar con el arte contemporáneo.
Escritoras, cantantes, fotógrafas, videoastas, diseñadoras, pintoras, escultoras y artesanas de México, además de tres artistas de Guatemala, Bolivia y Chile, se reúnen a fin de establecer un diálogo en torno a sus propuestas y sus retos, habida cuenta de las dificultades que tienen para desarrollar sus obras.
Juan Gregorio Regino, subdirector de Desarrollo de las Culturas Indígenas de la Dirección de Culturas Populares del Conaculta, aseguró que un desafío es propiciar que las creadoras sean apreciadas desde la parte estética, antes de la antropológica.
“Hemos buscado vincular a la participantes con la formación académica y el desarrollo cultural comunitario. Realizamos convenios con la UNAM para atender la necesidad de profesionalizació n de cantantes, compositoras y escritoras.
“Resulta muy complejo, porque no se trata de que los académicos le enseñen a las creadoras indígenas sobre su arte y su cultura, porque lo harían desde su visión occidental; se trata de darles las herramientas teóricas-metodoló gicas para que puedan hurgar en la memoria artística y estética de sus pueblos.”
El encuentro de creadoras busca difundir la memoria y la cosmovisión de los pueblos indígenas, al tiempo de consolidar sus voces en la cultura nacional, de ahí la necesidad de crear un mayor número de espacios que permitan mostrar sus propuestas, a fin de lograr “sean diferentes, renovadas y con mucho más claridad de lo que hacen, pues sólo de esa manera vamos a percibir esas otras visiones presentes en nuestra realidad”, a decir de Juan Gregorio Regino.
miércoles, 5 de marzo de 2008
El Senado ratifica Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas
4 de Marzo de 2008
En hora buena a mis queridos hermanos de los pueblos originarios de Chile.
Especialmente a mi hermana likanantay Oriana Mora.
En América Latina, el texto ha sido ratificado por México, Colombia, Guatemala, Venezuela, Brasil, Ecuador, Perú, Bolivia, Argentina, Costa Rica, Paraguay y Honduras. También lo han respaldado Fiji, Noruega, Dinamarca y Países Bajos, entre otros.
El Senado ratificó este martes por 26 votos a favor y uno en contra el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), con lo que el instrumento quedó en condiciones de ser promulgado por la Presidenta Michelle Bachelet.
La ministra de Planificación, Paula Quintana, aseguró que fue una “votación histórica” y agradeció a los parlamentarios la aprobación de este convenio internacional, al relevar que se trata de un importante avance hacia un país más integrador con sus pueblos indígenas.
Quintana asistió al Senado junto al ministro secretario general de la Presidencia, José Antonio Viera Gallo, siendo el trabajo de ambos crucial para lograr un acuerdo que abre paso al perfeccionamiento de las leyes y el reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas.
En América Latina, el texto ha sido ratificado por México, Colombia, Guatemala, Venezuela, Brasil, Ecuador, Perú, Bolivia, Argentina, Costa Rica, Paraguay y Honduras. También lo han respaldado Fiji, Noruega, Dinamarca y Países Bajos, entre otros.
El Convenio 169 de la OIT, adoptado en la 76ª reunión del 7 de junio de 1989, es uno de los instrumentos jurídicos internacionales más actualizados sobre reconocimiento de derechos y protección de los pueblos indígenas.
El texto fue ingresado al Parlamento por el primer Gobierno de la Concertación en 1990 y había sido aprobado con una votación transversal mayoritaria el 11 de abril de 2000 por la Cámara de Diputados, por lo que sólo restaba el pronunciamiento del Senado.
Principales Derechos Consagrados
1. Derecho a ser consultados Deberá consultarse de buena fe a los pueblos indígenas respecto de medidas legislativas que los afecten y establecer medios para su participación en instituciones y organismos responsables de políticas y programas que les conciernen, entre ello la creación de sus propias instituciones e iniciativas.
Los pueblos indígenas tendrán el derecho a definir sus prioridades en torno al desarrollo, al tiempo que los gobiernos deberán efectuar estudios sobre el impacto de sus propias actividades de desarrollo, protegiendo y preservando el medioambiente de los territorios habitados por los pueblos indígenas.
2. Justicia, derecho consuetudinario y pluralismo jurídico La justicia nacional deberá considerar las costumbres o el derecho consuetudinario de los pueblos indígenas, estableciendo procedimientos para solucionar los conflictos entre ambos sistemas. Además deberán tenerse en cuenta sus costumbres en materia penal y cuando a los indígenas se les impongan sanciones penales previstas por la legislación nacional, deberán considerarse sus características socio-económicas y culturales, prefiriéndose tipos de sanción distintos al encarcelamiento.
Los derechos de los pueblos indígenas deberán ser protegidos y contar con la posibilidad de defenderlos a través de procedimientos legales, incluyendo medidas para asegurar la comprensión y hacerse comprender en su propia lengua.
3. Tierras y territorios El Convenio insta a los gobiernos a reconocer la importancia de la tierra para las culturas indígenas, asumiendo que el concepto “tierra” incluye el de “territorios”. De igual modo, deberán protegerse los recursos naturales existentes en tierras indígenas y consultar a los pueblos indígenas antes de la prospección o explotación de los recursos del subsuelo cuando estos pertenezcan al Estado.
Los pueblos indígenas no deberán ser trasladados de las tierras que ocupan, pero si el traslado resultase necesario sólo deberá efectuarse con su consentimiento, respetando el derecho a regresar a sus tierras tradicionales, o a recibir tierras equivalentes, o una indemnización si es que los pueblos indígenas lo prefieren.
Las modalidades de traspaso de la tierra entre los miembros de los pueblos indígenas deberá respetarse y deberán preverse sanciones legales contra las intrusiones y el uso no autorizado de las mismas por personas ajenas.
4. Educación Intercultural Bilingüe: Deberán adoptarse medidas que garanticen a los pueblos indígenas y tribales la educación en todos sus niveles, a lo menos en condiciones de igualdad que el resto de la población. La educación deberá implementarse en cooperación con ellos y responder a sus necesidades particulares abarcando, entre otros aspectos, su historia, sistema de valores y cultura. En virtud de ello, los programas de educación deberán ser formulados con participación de los pueblos indígenas y ser transferidos a ellos de manera paulatina. Debe reconocerse el derecho de los pueblos indígenas a crear sus propias instituciones y medios de educación.
Siempre que sea viable deberá enseñarse a los niños de los pueblos indígenas a leer y escribir en su propia lengua, y si no lo fuese, las autoridades en consulta con los pueblos indígenas deberán prever medidas que lo permitan. De igual modo, deberán tomarse disposiciones que permitan preservar las lenguas de los pueblos indígenas promoviendo su desarrollo y práctica.
5. Otras disposiciones: El Convenio Nº 169 insta además a los gobiernos a adoptar medidas en pro de los pueblos indígenas en aspectos tales como: derechos humanos y protección especial, protección laboral y condiciones de empleo, formación profesional, artesanía e industrias rurales, y en aspectos referidos a la seguridad social y la salud, como la cooperación a través de las fronteras.
http://www.elmostra dor.cl/modulos/ noticias/ constructor/ noticia_nueva. asp?id_noticia= 241732
En hora buena a mis queridos hermanos de los pueblos originarios de Chile.
Especialmente a mi hermana likanantay Oriana Mora.
En América Latina, el texto ha sido ratificado por México, Colombia, Guatemala, Venezuela, Brasil, Ecuador, Perú, Bolivia, Argentina, Costa Rica, Paraguay y Honduras. También lo han respaldado Fiji, Noruega, Dinamarca y Países Bajos, entre otros.
El Senado ratificó este martes por 26 votos a favor y uno en contra el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), con lo que el instrumento quedó en condiciones de ser promulgado por la Presidenta Michelle Bachelet.
La ministra de Planificación, Paula Quintana, aseguró que fue una “votación histórica” y agradeció a los parlamentarios la aprobación de este convenio internacional, al relevar que se trata de un importante avance hacia un país más integrador con sus pueblos indígenas.
Quintana asistió al Senado junto al ministro secretario general de la Presidencia, José Antonio Viera Gallo, siendo el trabajo de ambos crucial para lograr un acuerdo que abre paso al perfeccionamiento de las leyes y el reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas.
En América Latina, el texto ha sido ratificado por México, Colombia, Guatemala, Venezuela, Brasil, Ecuador, Perú, Bolivia, Argentina, Costa Rica, Paraguay y Honduras. También lo han respaldado Fiji, Noruega, Dinamarca y Países Bajos, entre otros.
El Convenio 169 de la OIT, adoptado en la 76ª reunión del 7 de junio de 1989, es uno de los instrumentos jurídicos internacionales más actualizados sobre reconocimiento de derechos y protección de los pueblos indígenas.
El texto fue ingresado al Parlamento por el primer Gobierno de la Concertación en 1990 y había sido aprobado con una votación transversal mayoritaria el 11 de abril de 2000 por la Cámara de Diputados, por lo que sólo restaba el pronunciamiento del Senado.
Principales Derechos Consagrados
1. Derecho a ser consultados Deberá consultarse de buena fe a los pueblos indígenas respecto de medidas legislativas que los afecten y establecer medios para su participación en instituciones y organismos responsables de políticas y programas que les conciernen, entre ello la creación de sus propias instituciones e iniciativas.
Los pueblos indígenas tendrán el derecho a definir sus prioridades en torno al desarrollo, al tiempo que los gobiernos deberán efectuar estudios sobre el impacto de sus propias actividades de desarrollo, protegiendo y preservando el medioambiente de los territorios habitados por los pueblos indígenas.
2. Justicia, derecho consuetudinario y pluralismo jurídico La justicia nacional deberá considerar las costumbres o el derecho consuetudinario de los pueblos indígenas, estableciendo procedimientos para solucionar los conflictos entre ambos sistemas. Además deberán tenerse en cuenta sus costumbres en materia penal y cuando a los indígenas se les impongan sanciones penales previstas por la legislación nacional, deberán considerarse sus características socio-económicas y culturales, prefiriéndose tipos de sanción distintos al encarcelamiento.
Los derechos de los pueblos indígenas deberán ser protegidos y contar con la posibilidad de defenderlos a través de procedimientos legales, incluyendo medidas para asegurar la comprensión y hacerse comprender en su propia lengua.
3. Tierras y territorios El Convenio insta a los gobiernos a reconocer la importancia de la tierra para las culturas indígenas, asumiendo que el concepto “tierra” incluye el de “territorios”. De igual modo, deberán protegerse los recursos naturales existentes en tierras indígenas y consultar a los pueblos indígenas antes de la prospección o explotación de los recursos del subsuelo cuando estos pertenezcan al Estado.
Los pueblos indígenas no deberán ser trasladados de las tierras que ocupan, pero si el traslado resultase necesario sólo deberá efectuarse con su consentimiento, respetando el derecho a regresar a sus tierras tradicionales, o a recibir tierras equivalentes, o una indemnización si es que los pueblos indígenas lo prefieren.
Las modalidades de traspaso de la tierra entre los miembros de los pueblos indígenas deberá respetarse y deberán preverse sanciones legales contra las intrusiones y el uso no autorizado de las mismas por personas ajenas.
4. Educación Intercultural Bilingüe: Deberán adoptarse medidas que garanticen a los pueblos indígenas y tribales la educación en todos sus niveles, a lo menos en condiciones de igualdad que el resto de la población. La educación deberá implementarse en cooperación con ellos y responder a sus necesidades particulares abarcando, entre otros aspectos, su historia, sistema de valores y cultura. En virtud de ello, los programas de educación deberán ser formulados con participación de los pueblos indígenas y ser transferidos a ellos de manera paulatina. Debe reconocerse el derecho de los pueblos indígenas a crear sus propias instituciones y medios de educación.
Siempre que sea viable deberá enseñarse a los niños de los pueblos indígenas a leer y escribir en su propia lengua, y si no lo fuese, las autoridades en consulta con los pueblos indígenas deberán prever medidas que lo permitan. De igual modo, deberán tomarse disposiciones que permitan preservar las lenguas de los pueblos indígenas promoviendo su desarrollo y práctica.
5. Otras disposiciones: El Convenio Nº 169 insta además a los gobiernos a adoptar medidas en pro de los pueblos indígenas en aspectos tales como: derechos humanos y protección especial, protección laboral y condiciones de empleo, formación profesional, artesanía e industrias rurales, y en aspectos referidos a la seguridad social y la salud, como la cooperación a través de las fronteras.
http://www.elmostra dor.cl/modulos/ noticias/ constructor/ noticia_nueva. asp?id_noticia= 241732
martes, 4 de marzo de 2008
Mujeres triplemente discriminadas
Para las indígenas inmigrantes, la adaptación a Estados Unidos es una labor titánica que va más allá del problema del idioma
Eileen Truax
eileen.truax@laopinion.com
01 de marzo de 2008
"Cuando llegué aquí no sabía que yo era oxaqueña, zapoteca y mexicana. En el pueblo sólo era ‘María’ y me conocía toda la gente. Yo no sabía que había más gente, que eran diferentes entre sí, que había negros y latinos. Para mí no existían las etiquetas".
Este descubrimiento de María*, el hecho de que existían etiquetas, que varias de ellas aplicaban a su persona y que le harían la vida más difícil, la golpeó a los 11 años de edad, cuando llegó a vivir a Los Ángeles procedente de la Sierra Norte de Oaxaca. Entonces descubrió su realidad: era mujer, era migrante y era indígena, y al parecer esos tres factores jugarían en su contra.
Al igual que María, millones de mujeres migrantes indígenas se descubren vulnerables una vez que llegan a Estados Unidos. Además de su condición, la falta de dominio del inglés y el español, la falta de educación formal, y las prácticas sociales de sus lugares de origen hacen que enfrentar los obstáculos en su nuevo lugar de residencia sea una labor titánica.
"Yo llegué a los 11 años y mi español era sólo de ‘sí’ y ‘no’, y no hablaba nada de inglés", recuerda María, hoy de 35 años. "El primer día en la escuela fue horrible, los niños se reían; para ellos era chistoso que yo fuera en huaraches", recuerda. Y eso no ocurría sólo en la escuela. "Llegué a vivir en el área de Pico Union, donde vivían otros inmigrantes que eran mexicanos pero que se reían cuando hablábamos en zapoteco. Nos insultaban y yo me reía porque no entendía lo que me estaban diciendo", relata sobre la discriminación venida de sus propios paisanos por el hecho de ser indígena.
De acuerdo con el censo del año 2000, hay más de 150 mil habitantes en California que se identifican como "indígenas hispanoamericanos"; pero los expertos consideran que las cifras son muy superiores a éstas y que esta cantidad representaría tan sólo a los indígenas oaxaqueños viviendo en el estado sin contar a los originarios de otras entidades mexicanas, de las zonas mayas o de otros grupos de Centroamérica.
Algunas proyecciones apuntan a que para el año 2010, el 20% de la fuerza de trabajo agrícola en California estará integrada por inmigrantes indígenas. Y de todos ellos, la mitad son mujeres.
"Definitivamente, con la consolidación de los circuitos migratorios de las comunidades indígenas del sur de México se ha presentado un incremento en la cantidad de mujeres migrantes, no solamente como acompañantes de los varones, sino como migrantes solas", explica Gaspar Rivera-Salgado, director de proyectos del Centro de Estudios Laborales y Educación de la Universidad de California en Los Ángeles (UCLA) y coordinador del libro Indígenas mexicanos migrantes en los Estados Unidos.
De acuerdo con Rivera-Salgado, este incremento del número de mujeres que migran es resultado de dos factores relacionados entre sí: por una parte, la desaparición de los mercados de trabajo en sus lugares de origen; por otra, la demanda en el sector laboral en Estados Unidos en el cual estas mujeres son requeridas.
"Tradicionalmente a los niños se les sacaba de la escuela para que trabajaran y eran ellos quienes migraban; las niñas se quedaban en la escuela, así que la inversión en educación era para ellas", explica el académico. "Pero ahora hay una falta de generación de empleo para absorber a estas mujeres, y al mismo tiempo hay un mercado laboral en Estados Unidos, nichos como la costura, el trabajo en fábricas, el trabajo doméstico o el cuidado de niños, y la mujer predomina en ese mercado. Así que la mujer decide migrar".
Una vez que han migrado tal vez logran incorporarse al mercado de trabajo, pero no siempre les va bien. "Mi primer trabajo fue en una fábrica con mi mamá", recuerda María. Ahí sufrió la discriminación de los compañeros por hablar en zapoteco, por lo que decidió que tenía que seguir estudiando.
Con el paso de los años logró colocarse en un banco como cajera; sin embargo su supervisora, una mujer anglosajona, la humillaba constantemente. "Me decía que los mexicanos nunca avanzan y que ese era el mejor trabajo que iba a tener en mi vida", recuerda María.
La experiencia en el siguiente empleo no fue mejor: aunque ya desempeñaba un puesto contable, tanto ella como las otras chicas migrantes que trabajaban en el lugar tenían que soportar el acoso sexual del gerente. Tras un episodio en que el hombre tocó los senos de María y de otra de sus compañeras, decidieron presentar una queja ante el departamento de recursos humanos de la compañía.
"Cuando llegó el abogado le dije que a partir de que habíamos puesto la denuncia había un ambiente hostil en nuestra contra, y él me dijo: ‘¿Quién te está aconsejando?’. Yo le dije que nadie, y él me respondió: ‘La palabra hostil es muy elevada para alguien como tú. Es difícil pensar que alguien sin preparación use esa palabra’. Llena de coraje le respondí que yo había ido a la escuela", recuerda.
"Creo que muchas mujeres en diferentes aspectos enfrentan lo mismo, pero he aprendido que las cosas no deben callarse", dice María, quien hoy trabaja como activista en defensa de las mujeres migrantes indígenas. "Sé de casos de decenas de mujeres que sufren acoso en sus lugares de trabajo, que son explotadas y no se atreven a quejarse. Mujeres que sufren violencia doméstica y no se atreven a dejar a sus esposos porque eso está mal visto, la cultura no se los permite", explica.
Pero ella comprende lo difícil que es romper el círculo, porque lo vivió. Cuando era niña la violación era un asunto frecuente, sabido por todos y también callado por todos. Cuando siendo muy joven decidió casarse con otro joven migrante y nació su hija, ambos decidieron no enseñarle ni español ni zapoteco, para que no fuera víctima de discriminación. Tardó años en sentirse orgullosa de su origen, pero al fin lo logró.
"Si no hubiera ido a la escuela no hubiera comprendido de dónde vengo, lo que soy, cómo nace y como ha sobrevivido mi identidad", señala María.
Hoy su hija ha aprendido a hablar español y espera a su primer bebé. Aún no sabe si será un niño o una niña, pero de lo que sí está segura es de que llevará un nombre maya o zapoteco; uno que refleje su orgullo de ser descendiente de una mujer migrante indígena.
*El nombre ha sido modificado por solicitud de la entrevistada.
CURSO DE NAHUATL CLÁSICO
El Centro Cultural José Martí
Invita al curso de lengua nahuatl que impartirá
la profesora Alicia Luna
Lugar: Centro Cultural José Martí ubicado en
Dr. Mora No. 1 col. Centro (metro Hidalgo)
Fecha de inicio: sábado 5 de abril de 2008
Horario: de 11:00 a 13:00 hrs.
Costo: $75.00 mensuales
Mayores informes a los teléfonos:
5521 2115 y 5518 1496.
Invita al curso de lengua nahuatl que impartirá
la profesora Alicia Luna
Lugar: Centro Cultural José Martí ubicado en
Dr. Mora No. 1 col. Centro (metro Hidalgo)
Fecha de inicio: sábado 5 de abril de 2008
Horario: de 11:00 a 13:00 hrs.
Costo: $75.00 mensuales
Mayores informes a los teléfonos:
5521 2115 y 5518 1496.
viernes, 29 de febrero de 2008
TLAHTOLMELAHUALIZTLI
El pasado 13 de septiembre 2007 - La Asamblea General de la ONU aprobó la Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas, un instrumento internacional cuyas negociaciones tomaron dos décadas y que protegerá a los más de 370 millones de personas pertenecientes a esas comunidades en todo el mundo. El texto fue adoptado con 143 votos a favor, 4 en contra –Canadá, Estados Unidos, Nueva Zelanda y Australia – y 11 abstenciones.
La Declaración consta de 46 artículos y establece parámetros mínimos de respeto a los derechos de los pueblos indígenas, que incluyen propiedad de la tierra, acceso a los recursos naturales de los territorios donde se asientan, respeto y preservación de sus tradiciones y autodeterminación. El documento también reconoce derechos individuales, y colectivos relativos a la educación, la salud y el empleo.
Uno de los puntos más importantes del texto es el referente al apego de los indígenas a la tierra. Varios artículos mencionan su derecho a poseerlas, utilizarlas y desarrollarlas. En este sentido, dispone que los Estados aseguren el reconocimiento y la protección jurídica de esas tierras, territorios y recursos y que no procedan a ningún traslado "sin el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas interesados, ni sin un acuerdo previo sobre una indemnización justa y equitativa".
Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas
Resolución aprobada por la Asamblea General, 13 de septiembre de 2007
La Asamblea General,
Guiada por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y la buena fe en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por los Estados de conformidad con la Carta,
Afirmando que los pueblos indígenas son iguales a todos los demás pueblos y reconociendo al mismo tiempo el derecho de todos los pueblos a ser diferentes, a considerarse a sí mismos diferentes y a ser respetados como tales,
Afirmando también que todos los pueblos contribuyen a la diversidad y riqueza de las civilizaciones y culturas, que constituyen el patrimonio común de la humanidad,
Afirmando además que todas las doctrinas, políticas y prácticas basadas en la superioridad de determinados pueblos o personas o que la propugnan aduciendo razones de origen nacional o diferencias raciales, religiosas, étnicas o culturales son racistas, científicamente falsas, jurídicamente inválidas, moralmente condenables y socialmente injustas,
Reafirmando que, en el ejercicio de sus derechos, los pueblos indígenas deben estar libres de toda forma de discriminación,
Preocupada por el hecho de que los pueblos indígenas hayan sufrido injusticias históricas como resultado, entre otras cosas, de la colonización y enajenación de sus tierras, territorios y recursos, lo que les ha impedido ejercer, en particular, su derecho al desarrollo de conformidad con sus propias necesidades e intereses,
Consciente de la urgente necesidad de respetar y promover los derechos intrínsecos de los pueblos indígenas, que derivan de sus estructuras políticas, económicas y sociales y de sus culturas, de sus tradiciones espirituales, de su historia y de su filosofía, especialmente los derechos a sus tierras, territorios y recursos,
Consciente también de la urgente necesidad de respetar y promover los derechos de los pueblos indígenas afirmados en tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos con los Estados,
Celebrando que los pueblos indígenas se estén organizando para promover su desarrollo político, económico, social y cultural y para poner fin a todas las formas de discriminación y opresión dondequiera que ocurran,
Convencida de que el control por los pueblos indígenas de los acontecimientos que los afecten a ellos y a sus tierras, territorios y recursos les permitirá mantener y reforzar sus instituciones, culturas y tradiciones y promover su desarrollo de acuerdo con sus aspiraciones y necesidades,
Considerando que el respeto de los conocimientos, las culturas y las prácticas tradicionales indígenas contribuye al desarrollo sostenible y equitativo y a la ordenación adecuada del medio ambiente,
Destacando la contribución de la desmilitarización de las tierras y territorios de los pueblos indígenas a la paz, el progreso y el desarrollo económicos y sociales, la comprensión y las relaciones de amistad entre las naciones y los pueblos del mundo,
Reconociendo en particular el derecho de las familias y comunidades indígenas a seguir compartiendo la responsabilidad por la crianza, la formación, la educación y el bienestar de sus hijos, en observancia de los derechos del niño,
Considerando que los derechos afirmados en los tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos entre los Estados y los pueblos indígenas son, en algunas situaciones, asuntos de preocupación, interés y responsabilidad internacional, y tienen carácter internacional,
Considerando también que los tratados, acuerdos y demás arreglos constructivos, y las relaciones que éstos representan, sirven de base para el fortalecimiento de la asociación entre los pueblos indígenas y los Estados,
Reconociendo que la Carta de las Naciones Unidas, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos(2), así como la Declaración y el Programa de Acción de Viena(3) afirman la importancia fundamental del derecho de todos los pueblos a la libre determinación, en virtud del cual éstos determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural,
Teniendo presente que nada de lo contenido en la presente Declaración podrá utilizarse para negar a ningún pueblo su derecho a la libre determinación, ejercido de conformidad con el derecho internacional,
Convencida de que el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas en la presente Declaración fomentará relaciones armoniosas y de cooperación entre los Estados y los pueblos indígenas, basadas en los principios de la justicia, la democracia, el respeto de los derechos humanos, la no discriminación y la buena fe,
Alentando a los Estados a que cumplan y apliquen eficazmente todas sus obligaciones para con los pueblos indígenas dimanantes de los instrumentos internacionales, en particular las relativas a los derechos humanos, en consulta y cooperación con los pueblos interesados,
Subrayando que corresponde a las Naciones Unidas desempeñar un papel importante y continuo de promoción y protección de los derechos de los pueblos indígenas,
Considerando que la presente Declaración constituye un nuevo paso importante hacia el reconocimiento, la promoción y la protección de los derechos y las libertades de los pueblos indígenas y en el desarrollo de actividades pertinentes del sistema de las Naciones Unidas en esta esfera,
Reconociendo y reafirmando que las personas indígenas tienen derecho sin discriminación a todos los derechos humanos reconocidos en el derecho internacional, y que los pueblos indígenas poseen derechos colectivos que son indispensables para su existencia, bienestar y desarrollo integral como pueblos,
Reconociendo que la situación de los pueblos indígenas varía según las regiones y los países y que se debe tener en cuenta la significación de las particularidades nacionales y regionales y de las diversas tradiciones históricas y culturales,
Proclama solemnemente la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, cuyo texto figura a continuación, como ideal común que debe perseguirse en un espíritu de solidaridad y respeto mutuo:
Artículo 1
Los indígenas tienen derecho, como pueblos o como personas, al disfrute pleno de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidos por la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos(4) y la normativa internacional de los derechos humanos.
Artículo 2
Los pueblos y las personas indígenas son libres e iguales a todos los demás pueblos y personas y tienen derecho a no ser objeto de ningún tipo de discriminación en el ejercicio de sus derechos, en particular la fundada en su origen o identidad indígenas.
Artículo 3
Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación. En virtud de ese derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural.
Artículo 4
Los pueblos indígenas, en ejercicio de su derecho de libre determinación, tienen derecho a la autonomía o al autogobierno en las cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales, así como a disponer de los medios para financiar sus funciones autónomas.
Artículo 5
Los pueblos indígenas tienen derecho a conservar y reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales, manteniendo a la vez su derecho a participar plenamente, si lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado.
Artículo 6
Toda persona indígena tiene derecho a una nacionalidad.
Artículo 7
1. Las personas indígenas tienen derecho a la vida, la integridad física y mental, la libertad y la seguridad de la persona.
2. Los pueblos indígenas tienen el derecho colectivo de vivir en libertad, paz y seguridad como pueblos distintos y no serán sometidos a ningún acto de genocidio ni a ningún otro acto de violencia, incluido el traslado forzado de niños del grupo a otro grupo.
Artículo 8
1. Los pueblos y las personas indígenas tienen derecho a no sufrir la asimilación forzada o la destrucción de su cultura.
2. Los Estados establecerán mecanismos eficaces para la prevención y el resarcimiento de:
a) Todo acto que tenga por objeto o consecuencia privar a los pueblos y las personas indígenas de su integridad como pueblos distintos o de sus valores culturales o su identidad étnica;
b) Todo acto que tenga por objeto o consecuencia enajenarles sus tierras, territorios o recursos;
c) Toda forma de traslado forzado de población que tenga por objeto o consecuencia la violación o el menoscabo de cualquiera de sus derechos;
d) Toda forma de asimilación o integración forzada;
e) Toda forma de propaganda que tenga como fin promover o incitar a la discriminación racial o étnica dirigida contra ellos.
Artículo 9
Los pueblos y las personas indígenas tienen derecho a pertenecer a una comunidad o nación indígena, de conformidad con las tradiciones y costumbres de la comunidad o nación de que se trate. No puede resultar ninguna discriminación de ningún tipo del ejercicio de ese derecho.
Artículo 10
Los pueblos indígenas no serán desplazados por la fuerza de sus tierras o territorios. No se procederá a ningún traslado sin el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas interesados, ni sin un acuerdo previo sobre una indemnización justa y equitativa y, siempre que sea posible, la opción del regreso.
Artículo 11
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a practicar y revitalizar sus tradiciones y costumbres culturales. Ello incluye el derecho a mantener, proteger y desarrollar las manifestaciones pasadas, presentes y futuras de sus culturas, como lugares arqueológicos e históricos, utensilios, diseños, ceremonias, tecnologías, artes visuales e interpretativas y literaturas.
2. Los Estados proporcionarán reparación por medio de mecanismos eficaces, que podrán incluir la restitución, establecidos conjuntamente con los pueblos indígenas, respecto de los bienes culturales, intelectuales, religiosos y espirituales de que hayan sido privados sin su consentimiento libre, previo e informado o en violación de sus leyes, tradiciones y costumbres.
Artículo 12
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a manifestar, practicar, desarrollar y enseñar sus tradiciones, costumbres y ceremonias espirituales y religiosas; a mantener y proteger sus lugares religiosos y culturales y a acceder a ellos privadamente; a utilizar y controlar sus objetos de culto, y a obtener la repatriación de sus restos humanos.
2. Los Estados procurarán facilitar el acceso y/o la repatriación de objetos de culto y de restos humanos que posean mediante mecanismos justos, transparentes y eficaces establecidos conjuntamente con los pueblos indígenas interesados.
Artículo 13
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a revitalizar, utilizar, fomentar y transmitir a las generaciones futuras sus historias, idiomas, tradiciones orales, filosofías, sistemas de escritura y literaturas, y a atribuir nombres a sus comunidades, lugares y personas y mantenerlos.
2. Los Estados adoptarán medidas eficaces para garantizar la protección de ese derecho y también para asegurar que los pueblos indígenas puedan entender y hacerse entender en las actuaciones políticas, jurídicas y administrativas, proporcionando para ello, cuando sea necesario, servicios de interpretación u otros medios adecuados.
Artículo 14
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a establecer y controlar sus sistemas e instituciones docentes que impartan educación en sus propios idiomas, en consonancia con sus métodos culturales de enseñanza y aprendizaje.
2. Las personas indígenas, en particular los niños indígenas, tienen derecho a todos los niveles y formas de educación del Estado sin discriminación.
3. Los Estados adoptarán medidas eficaces, junto con los pueblos indígenas, para que las personas indígenas, en particular los niños, incluidos los que viven fuera de sus comunidades, tengan acceso, cuando sea posible, a la educación en su propia cultura y en su propio idioma.
Artículo 15
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a que la dignidad y diversidad de sus culturas, tradiciones, historias y aspiraciones queden debidamente reflejadas en la educación pública y los medios de información públicos.
2. Los Estados adoptarán medidas eficaces, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas interesados, para combatir los prejuicios y eliminar la discriminación y promover la tolerancia, la comprensión y las buenas relaciones entre los pueblos indígenas y todos los demás sectores de la sociedad.
Artículo 16
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a establecer sus propios medios de información en sus propios idiomas y a acceder a todos los demás medios de información no indígenas sin discriminación alguna.
2. Los Estados adoptarán medidas eficaces para asegurar que los medios de información públicos reflejen debidamente la diversidad cultural indígena. Los Estados, sin perjuicio de la obligación de asegurar plenamente la libertad de expresión, deberán alentar a los medios de comunicación privados a reflejar debidamente la diversidad cultural indígena.
Artículo 17
1. Las personas y los pueblos indígenas tienen derecho a disfrutar plenamente de todos los derechos establecidos en el derecho laboral internacional y nacional aplicable.
2. Los Estados, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas, tomarán medidas específicas para proteger a los niños indígenas contra la explotación económica y contra todo trabajo que pueda resultar peligroso o interferir en la educación del niño, o que pueda ser perjudicial para la salud o el desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social del niño, teniendo en cuenta su especial vulnerabilidad y la importancia de la educación para el pleno ejercicio de sus derechos.
3. Las personas indígenas tienen derecho a no ser sometidas a condiciones discriminatorias de trabajo, entre otras cosas, empleo o salario.
Artículo 18
Los pueblos indígenas tienen derecho a participar en la adopción de decisiones en las cuestiones que afecten a sus derechos, por conducto de representantes elegidos por ellos de conformidad con sus propios procedimientos, así como a mantener y desarrollar sus propias instituciones de adopción de decisiones.
Artículo 19
Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por medio de sus instituciones representativas antes de adoptar y aplicar medidas legislativas o administrativas que los afecten, a fin de obtener su consentimiento libre, previo e informado.
Artículo 20
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y desarrollar sus sistemas o instituciones políticos, económicos y sociales, a que se les asegure el disfrute de sus propios medios de subsistencia y desarrollo y a dedicarse libremente a todas sus actividades económicas tradicionales y de otro tipo.
2. Los pueblos indígenas desposeídos de sus medios de subsistencia y desarrollo tienen derecho a una reparación justa y equitativa.
Artículo 21
1. Los pueblos indígenas tienen derecho, sin discriminación alguna, al mejoramiento de sus condiciones económicas y sociales, entre otras esferas, en la educación, el empleo, la capacitación y el readiestramiento profesionales, la vivienda, el saneamiento, la salud y la seguridad social.
2. Los Estados adoptarán medidas eficaces y, cuando proceda, medidas especiales para asegurar el mejoramiento continuo de sus condiciones económicas y sociales. Se prestará particular atención a los derechos y necesidades especiales de los ancianos, las mujeres, los jóvenes, los niños y las personas con discapacidad indígenas.
Artículo 22
1. Se prestará particular atención a los derechos y necesidades especiales de los ancianos, las mujeres, los jóvenes, los niños y las personas con discapacidad indígenas en la aplicación de la presente Declaración.
2. Los Estados adoptarán medidas, junto con los pueblos indígenas, para asegurar que las mujeres y los niños indígenas gocen de protección y garantías plenas contra todas las formas de violencia y discriminación.
Artículo 23
Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar y a elaborar prioridades y estrategias para el ejercicio de su derecho al desarrollo. En particular, los pueblos indígenas tienen derecho a participar activamente en la elaboración y determinación de los programas de salud, vivienda y demás programas económicos y sociales que les conciernan y, en lo posible, a administrar esos programas mediante sus propias instituciones.
Artículo 24
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a sus propias medicinas tradicionales y a mantener sus prácticas de salud, incluida la conservación de sus plantas medicinales, animales y minerales de interés vital. Las personas indígenas también tienen derecho de acceso, sin discriminación alguna, a todos los servicios sociales y de salud.
2. Las personas indígenas tienen derecho a disfrutar por igual del nivel más alto posible de salud física y mental. Los Estados tomarán las medidas que sean necesarias para lograr progresivamente la plena realización de este derecho.
Artículo 25
Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y fortalecer su propia relación espiritual con las tierras, territorios, aguas, mares costeros y otros recursos que tradicionalmente han poseído u ocupado y utilizado de otra forma y a asumir las responsabilidades que a ese respecto les incumben para con las generaciones venideras.
Artículo 26
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocupado o de otra forma utilizado o adquirido.
2. Los pueblos indígenas tienen derecho a poseer, utilizar, desarrollar y controlar las tierras, territorios y recursos que poseen en razón de la propiedad tradicional u otra forma tradicional de ocupación o utilización, así como aquellos que hayan adquirido de otra forma.
3. Los Estados asegurarán el reconocimiento y protección jurídicos de esas tierras, territorios y recursos. Dicho reconocimiento respetará debidamente las costumbres, las tradiciones y los sistemas de tenencia de la tierra de los pueblos indígenas de que se trate.
Artículo 27
Los Estados establecerán y aplicarán, conjuntamente con los pueblos indígenas interesados, un proceso equitativo, independiente, imparcial, abierto y transparente, en el que se reconozcan debidamente las leyes, tradiciones, costumbres y sistemas de tenencia de la tierra de los pueblos indígenas, para reconocer y adjudicar los derechos de los pueblos indígenas en relación con sus tierras, territorios y recursos, comprendidos aquellos que tradicionalmente han poseído u ocupado o utilizado de otra forma. Los pueblos indígenas tendrán derecho a participar en este proceso.
Artículo 28
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a la reparación, por medios que pueden incluir la restitución o, cuando ello no sea posible, una indemnización justa, imparcial y equitativa, por las tierras, los territorios y los recursos que tradicionalmente hayan poseído u ocupado o utilizado de otra forma y que hayan sido confiscados, tomados, ocupados, utilizados o dañados sin su consentimiento libre, previo e informado.
2. Salvo que los pueblos interesados hayan convenido libremente en otra cosa, la indemnización consistirá en tierras, territorios y recursos de igual calidad, extensión y condición jurídica o en una indemnización monetaria u otra reparación adecuada.
Artículo 29
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a la conservación y protección del medio ambiente y de la capacidad productiva de sus tierras o territorios y recursos. Los Estados deberán establecer y ejecutar programas de asistencia a los pueblos indígenas para asegurar esa conservación y protección, sin discriminación alguna.
2. Los Estados adoptarán medidas eficaces para garantizar que no se almacenen ni eliminen materiales peligrosos en las tierras o territorios de los pueblos indígenas sin su consentimiento libre, previo e informado.
3. Los Estados también adoptarán medidas eficaces para garantizar, según sea necesario, que se apliquen debidamente programas de control, mantenimiento y restablecimiento de la salud de los pueblos indígenas afectados por esos materiales, programas que serán elaborados y ejecutados por esos pueblos.
Artículo 30
1. No se desarrollarán actividades militares en las tierras o territorios de los pueblos indígenas, a menos que lo justifique una razón de interés público pertinente o que se haya acordado libremente con los pueblos indígenas interesados, o que éstos lo hayan solicitado.
2. Los Estados celebrarán consultas eficaces con los pueblos indígenas interesados, por los procedimientos apropiados y en particular por medio de sus instituciones representativas, antes de utilizar sus tierras o territorios para actividades militares.
Artículo 31
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales, sus expresiones culturales tradicionales y las manifestaciones de sus ciencias, tecnologías y culturas, comprendidos los recursos humanos y genéticos, las semillas, las medicinas, el conocimiento de las propiedades de la fauna y la flora, las tradiciones orales, las literaturas, los diseños, los deportes y juegos tradicionales, y las artes visuales e interpretativas. También tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su propiedad intelectual de dicho patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales y sus expresiones culturales tradicionales.
2. Conjuntamente con los pueblos indígenas, los Estados adoptarán medidas eficaces para reconocer y proteger el ejercicio de estos derechos.
Artículo 32
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar y elaborar las prioridades y estrategias para el desarrollo o la utilización de sus tierras o territorios y otros recursos.
2. Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por conducto de sus propias instituciones representativas a fin de obtener su consentimiento libre e informado antes de aprobar cualquier proyecto que afecte a sus tierras o territorios y otros recursos, particularmente en relación con el desarrollo, la utilización o la explotación de recursos minerales, hídricos o de otro tipo.
3. Los Estados establecerán mecanismos eficaces para la reparación justa y equitativa por esas actividades, y se adoptarán medidas adecuadas para mitigar las consecuencias nocivas de orden ambiental, económico, social, cultural o espiritual.
Artículo 33
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar su propia identidad o pertenencia conforme a sus costumbres y tradiciones. Ello no menoscaba el derecho de las personas indígenas a obtener la ciudadanía de los Estados en que viven.
2. Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar las estructuras y a elegir la composición de sus instituciones de conformidad con sus propios procedimientos.
Artículo 34
Los pueblos indígenas tienen derecho a promover, desarrollar y mantener sus estructuras institucionales y sus propias costumbres, espiritualidad, tradiciones, procedimientos, prácticas y, cuando existan, costumbres o sistemas jurídicos, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos.
Artículo 35
Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar las responsabilidades de los individuos para con sus comunidades.
Artículo 36
1. Los pueblos indígenas, en particular los que están divididos por fronteras internacionales, tienen derecho a mantener y desarrollar los contactos, las relaciones y la cooperación, incluidas las actividades de carácter espiritual, cultural, político, económico y social, con sus propios miembros así como con otros pueblos a través de las fronteras.
2. Los Estados, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas, adoptarán medidas eficaces para facilitar el ejercicio y garantizar la aplicación de este derecho.
Artículo 37
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a que los tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos concertados con los Estados o sus sucesores sean reconocidos, observados y aplicados y a que los Estados acaten y respeten esos tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos.
2. Nada de lo señalado en la presente Declaración se interpretará en el sentido de que menoscaba o suprime los derechos de los pueblos indígenas que figuren en tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos.
Artículo 38
Los Estados, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas, adoptarán las medidas apropiadas, incluidas medidas legislativas, para alcanzar los fines de la presente Declaración.
Artículo 39
Los pueblos indígenas tienen derecho a la asistencia financiera y técnica de los Estados y por conducto de la cooperación internacional para el disfrute de los derechos enunciados en la presente Declaración.
Artículo 40
Los pueblos indígenas tienen derecho a procedimientos equitativos y justos para el arreglo de controversias con los Estados u otras partes, y a una pronta decisión sobre esas controversias, así como a una reparación efectiva de toda lesión de sus derechos individuales y colectivos. En esas decisiones se tendrán debidamente en consideración las costumbres, las tradiciones, las normas y los sistemas jurídicos de los pueblos indígenas interesados y las normas internacionales de derechos humanos.
Artículo 41
Los órganos y organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones intergubernamentales contribuirán a la plena realización de las disposiciones de la presente Declaración mediante la movilización, entre otras cosas, de la cooperación financiera y la asistencia técnica. Se establecerán los medios de asegurar la participación de los pueblos indígenas en relación con los asuntos que les conciernan.
Artículo 42
Las Naciones Unidas, sus órganos, incluido el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas, y los organismos especializados, en particular a nivel local, así como los Estados, promoverán el respeto y la plena aplicación de las disposiciones de la presente Declaración y velarán por la eficacia de la presente Declaración.
Artículo 43
Los derechos reconocidos en la presente Declaración constituyen las normas mínimas para la supervivencia, la dignidad y el bienestar de los pueblos indígenas del mundo.
Artículo 44
Todos los derechos y las libertades reconocidos en la presente Declaración se garantizan por igual al hombre y a la mujer indígenas.
Artículo 45
Nada de lo contenido en la presente Declaración se interpretará en el sentido de que menoscaba o suprime los derechos que los pueblos indígenas tienen en la actualidad o puedan adquirir en el futuro.
Artículo 46
1. Nada de lo señalado en la presente Declaración se interpretará en el sentido de que confiere a un Estado, pueblo, grupo o persona derecho alguno a participar en una actividad o realizar un acto contrarios a la Carta de las Naciones Unidas, ni se entenderá en el sentido de que autoriza o fomenta acción alguna encaminada a quebrantar o menoscabar, total o parcialmente, la integridad territorial o la unidad política de Estados soberanos e independientes.
2. En el ejercicio de los derechos enunciados en la presente Declaración, se respetarán los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos. El ejercicio de los derechos establecidos en la presente Declaración estará sujeto exclusivamente a las limitaciones determinadas por la ley y con arreglo a las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. Esas limitaciones no serán discriminatorias y serán sólo las estrictamente necesarias para garantizar el reconocimiento y respeto debidos a los derechos y las libertades de los demás y para satisfacer las justas y más apremiantes necesidades de una sociedad democrática.
3. Las disposiciones enunciadas en la presente Declaración se interpretarán con arreglo a los principios de la justicia, la democracia, el respeto de los derechos humanos, la igualdad, la no discriminación, la buena administración pública y la buena fe.
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
A/CONF.157/24 (Part I), cap. III.
Resolución 217 A (III).
La Declaración consta de 46 artículos y establece parámetros mínimos de respeto a los derechos de los pueblos indígenas, que incluyen propiedad de la tierra, acceso a los recursos naturales de los territorios donde se asientan, respeto y preservación de sus tradiciones y autodeterminación. El documento también reconoce derechos individuales, y colectivos relativos a la educación, la salud y el empleo.
Uno de los puntos más importantes del texto es el referente al apego de los indígenas a la tierra. Varios artículos mencionan su derecho a poseerlas, utilizarlas y desarrollarlas. En este sentido, dispone que los Estados aseguren el reconocimiento y la protección jurídica de esas tierras, territorios y recursos y que no procedan a ningún traslado "sin el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas interesados, ni sin un acuerdo previo sobre una indemnización justa y equitativa".
Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas
Resolución aprobada por la Asamblea General, 13 de septiembre de 2007
La Asamblea General,
Guiada por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y la buena fe en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por los Estados de conformidad con la Carta,
Afirmando que los pueblos indígenas son iguales a todos los demás pueblos y reconociendo al mismo tiempo el derecho de todos los pueblos a ser diferentes, a considerarse a sí mismos diferentes y a ser respetados como tales,
Afirmando también que todos los pueblos contribuyen a la diversidad y riqueza de las civilizaciones y culturas, que constituyen el patrimonio común de la humanidad,
Afirmando además que todas las doctrinas, políticas y prácticas basadas en la superioridad de determinados pueblos o personas o que la propugnan aduciendo razones de origen nacional o diferencias raciales, religiosas, étnicas o culturales son racistas, científicamente falsas, jurídicamente inválidas, moralmente condenables y socialmente injustas,
Reafirmando que, en el ejercicio de sus derechos, los pueblos indígenas deben estar libres de toda forma de discriminación,
Preocupada por el hecho de que los pueblos indígenas hayan sufrido injusticias históricas como resultado, entre otras cosas, de la colonización y enajenación de sus tierras, territorios y recursos, lo que les ha impedido ejercer, en particular, su derecho al desarrollo de conformidad con sus propias necesidades e intereses,
Consciente de la urgente necesidad de respetar y promover los derechos intrínsecos de los pueblos indígenas, que derivan de sus estructuras políticas, económicas y sociales y de sus culturas, de sus tradiciones espirituales, de su historia y de su filosofía, especialmente los derechos a sus tierras, territorios y recursos,
Consciente también de la urgente necesidad de respetar y promover los derechos de los pueblos indígenas afirmados en tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos con los Estados,
Celebrando que los pueblos indígenas se estén organizando para promover su desarrollo político, económico, social y cultural y para poner fin a todas las formas de discriminación y opresión dondequiera que ocurran,
Convencida de que el control por los pueblos indígenas de los acontecimientos que los afecten a ellos y a sus tierras, territorios y recursos les permitirá mantener y reforzar sus instituciones, culturas y tradiciones y promover su desarrollo de acuerdo con sus aspiraciones y necesidades,
Considerando que el respeto de los conocimientos, las culturas y las prácticas tradicionales indígenas contribuye al desarrollo sostenible y equitativo y a la ordenación adecuada del medio ambiente,
Destacando la contribución de la desmilitarización de las tierras y territorios de los pueblos indígenas a la paz, el progreso y el desarrollo económicos y sociales, la comprensión y las relaciones de amistad entre las naciones y los pueblos del mundo,
Reconociendo en particular el derecho de las familias y comunidades indígenas a seguir compartiendo la responsabilidad por la crianza, la formación, la educación y el bienestar de sus hijos, en observancia de los derechos del niño,
Considerando que los derechos afirmados en los tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos entre los Estados y los pueblos indígenas son, en algunas situaciones, asuntos de preocupación, interés y responsabilidad internacional, y tienen carácter internacional,
Considerando también que los tratados, acuerdos y demás arreglos constructivos, y las relaciones que éstos representan, sirven de base para el fortalecimiento de la asociación entre los pueblos indígenas y los Estados,
Reconociendo que la Carta de las Naciones Unidas, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos(2), así como la Declaración y el Programa de Acción de Viena(3) afirman la importancia fundamental del derecho de todos los pueblos a la libre determinación, en virtud del cual éstos determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural,
Teniendo presente que nada de lo contenido en la presente Declaración podrá utilizarse para negar a ningún pueblo su derecho a la libre determinación, ejercido de conformidad con el derecho internacional,
Convencida de que el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas en la presente Declaración fomentará relaciones armoniosas y de cooperación entre los Estados y los pueblos indígenas, basadas en los principios de la justicia, la democracia, el respeto de los derechos humanos, la no discriminación y la buena fe,
Alentando a los Estados a que cumplan y apliquen eficazmente todas sus obligaciones para con los pueblos indígenas dimanantes de los instrumentos internacionales, en particular las relativas a los derechos humanos, en consulta y cooperación con los pueblos interesados,
Subrayando que corresponde a las Naciones Unidas desempeñar un papel importante y continuo de promoción y protección de los derechos de los pueblos indígenas,
Considerando que la presente Declaración constituye un nuevo paso importante hacia el reconocimiento, la promoción y la protección de los derechos y las libertades de los pueblos indígenas y en el desarrollo de actividades pertinentes del sistema de las Naciones Unidas en esta esfera,
Reconociendo y reafirmando que las personas indígenas tienen derecho sin discriminación a todos los derechos humanos reconocidos en el derecho internacional, y que los pueblos indígenas poseen derechos colectivos que son indispensables para su existencia, bienestar y desarrollo integral como pueblos,
Reconociendo que la situación de los pueblos indígenas varía según las regiones y los países y que se debe tener en cuenta la significación de las particularidades nacionales y regionales y de las diversas tradiciones históricas y culturales,
Proclama solemnemente la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, cuyo texto figura a continuación, como ideal común que debe perseguirse en un espíritu de solidaridad y respeto mutuo:
Artículo 1
Los indígenas tienen derecho, como pueblos o como personas, al disfrute pleno de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidos por la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos(4) y la normativa internacional de los derechos humanos.
Artículo 2
Los pueblos y las personas indígenas son libres e iguales a todos los demás pueblos y personas y tienen derecho a no ser objeto de ningún tipo de discriminación en el ejercicio de sus derechos, en particular la fundada en su origen o identidad indígenas.
Artículo 3
Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación. En virtud de ese derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural.
Artículo 4
Los pueblos indígenas, en ejercicio de su derecho de libre determinación, tienen derecho a la autonomía o al autogobierno en las cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales, así como a disponer de los medios para financiar sus funciones autónomas.
Artículo 5
Los pueblos indígenas tienen derecho a conservar y reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales, manteniendo a la vez su derecho a participar plenamente, si lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado.
Artículo 6
Toda persona indígena tiene derecho a una nacionalidad.
Artículo 7
1. Las personas indígenas tienen derecho a la vida, la integridad física y mental, la libertad y la seguridad de la persona.
2. Los pueblos indígenas tienen el derecho colectivo de vivir en libertad, paz y seguridad como pueblos distintos y no serán sometidos a ningún acto de genocidio ni a ningún otro acto de violencia, incluido el traslado forzado de niños del grupo a otro grupo.
Artículo 8
1. Los pueblos y las personas indígenas tienen derecho a no sufrir la asimilación forzada o la destrucción de su cultura.
2. Los Estados establecerán mecanismos eficaces para la prevención y el resarcimiento de:
a) Todo acto que tenga por objeto o consecuencia privar a los pueblos y las personas indígenas de su integridad como pueblos distintos o de sus valores culturales o su identidad étnica;
b) Todo acto que tenga por objeto o consecuencia enajenarles sus tierras, territorios o recursos;
c) Toda forma de traslado forzado de población que tenga por objeto o consecuencia la violación o el menoscabo de cualquiera de sus derechos;
d) Toda forma de asimilación o integración forzada;
e) Toda forma de propaganda que tenga como fin promover o incitar a la discriminación racial o étnica dirigida contra ellos.
Artículo 9
Los pueblos y las personas indígenas tienen derecho a pertenecer a una comunidad o nación indígena, de conformidad con las tradiciones y costumbres de la comunidad o nación de que se trate. No puede resultar ninguna discriminación de ningún tipo del ejercicio de ese derecho.
Artículo 10
Los pueblos indígenas no serán desplazados por la fuerza de sus tierras o territorios. No se procederá a ningún traslado sin el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas interesados, ni sin un acuerdo previo sobre una indemnización justa y equitativa y, siempre que sea posible, la opción del regreso.
Artículo 11
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a practicar y revitalizar sus tradiciones y costumbres culturales. Ello incluye el derecho a mantener, proteger y desarrollar las manifestaciones pasadas, presentes y futuras de sus culturas, como lugares arqueológicos e históricos, utensilios, diseños, ceremonias, tecnologías, artes visuales e interpretativas y literaturas.
2. Los Estados proporcionarán reparación por medio de mecanismos eficaces, que podrán incluir la restitución, establecidos conjuntamente con los pueblos indígenas, respecto de los bienes culturales, intelectuales, religiosos y espirituales de que hayan sido privados sin su consentimiento libre, previo e informado o en violación de sus leyes, tradiciones y costumbres.
Artículo 12
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a manifestar, practicar, desarrollar y enseñar sus tradiciones, costumbres y ceremonias espirituales y religiosas; a mantener y proteger sus lugares religiosos y culturales y a acceder a ellos privadamente; a utilizar y controlar sus objetos de culto, y a obtener la repatriación de sus restos humanos.
2. Los Estados procurarán facilitar el acceso y/o la repatriación de objetos de culto y de restos humanos que posean mediante mecanismos justos, transparentes y eficaces establecidos conjuntamente con los pueblos indígenas interesados.
Artículo 13
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a revitalizar, utilizar, fomentar y transmitir a las generaciones futuras sus historias, idiomas, tradiciones orales, filosofías, sistemas de escritura y literaturas, y a atribuir nombres a sus comunidades, lugares y personas y mantenerlos.
2. Los Estados adoptarán medidas eficaces para garantizar la protección de ese derecho y también para asegurar que los pueblos indígenas puedan entender y hacerse entender en las actuaciones políticas, jurídicas y administrativas, proporcionando para ello, cuando sea necesario, servicios de interpretación u otros medios adecuados.
Artículo 14
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a establecer y controlar sus sistemas e instituciones docentes que impartan educación en sus propios idiomas, en consonancia con sus métodos culturales de enseñanza y aprendizaje.
2. Las personas indígenas, en particular los niños indígenas, tienen derecho a todos los niveles y formas de educación del Estado sin discriminación.
3. Los Estados adoptarán medidas eficaces, junto con los pueblos indígenas, para que las personas indígenas, en particular los niños, incluidos los que viven fuera de sus comunidades, tengan acceso, cuando sea posible, a la educación en su propia cultura y en su propio idioma.
Artículo 15
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a que la dignidad y diversidad de sus culturas, tradiciones, historias y aspiraciones queden debidamente reflejadas en la educación pública y los medios de información públicos.
2. Los Estados adoptarán medidas eficaces, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas interesados, para combatir los prejuicios y eliminar la discriminación y promover la tolerancia, la comprensión y las buenas relaciones entre los pueblos indígenas y todos los demás sectores de la sociedad.
Artículo 16
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a establecer sus propios medios de información en sus propios idiomas y a acceder a todos los demás medios de información no indígenas sin discriminación alguna.
2. Los Estados adoptarán medidas eficaces para asegurar que los medios de información públicos reflejen debidamente la diversidad cultural indígena. Los Estados, sin perjuicio de la obligación de asegurar plenamente la libertad de expresión, deberán alentar a los medios de comunicación privados a reflejar debidamente la diversidad cultural indígena.
Artículo 17
1. Las personas y los pueblos indígenas tienen derecho a disfrutar plenamente de todos los derechos establecidos en el derecho laboral internacional y nacional aplicable.
2. Los Estados, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas, tomarán medidas específicas para proteger a los niños indígenas contra la explotación económica y contra todo trabajo que pueda resultar peligroso o interferir en la educación del niño, o que pueda ser perjudicial para la salud o el desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social del niño, teniendo en cuenta su especial vulnerabilidad y la importancia de la educación para el pleno ejercicio de sus derechos.
3. Las personas indígenas tienen derecho a no ser sometidas a condiciones discriminatorias de trabajo, entre otras cosas, empleo o salario.
Artículo 18
Los pueblos indígenas tienen derecho a participar en la adopción de decisiones en las cuestiones que afecten a sus derechos, por conducto de representantes elegidos por ellos de conformidad con sus propios procedimientos, así como a mantener y desarrollar sus propias instituciones de adopción de decisiones.
Artículo 19
Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por medio de sus instituciones representativas antes de adoptar y aplicar medidas legislativas o administrativas que los afecten, a fin de obtener su consentimiento libre, previo e informado.
Artículo 20
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y desarrollar sus sistemas o instituciones políticos, económicos y sociales, a que se les asegure el disfrute de sus propios medios de subsistencia y desarrollo y a dedicarse libremente a todas sus actividades económicas tradicionales y de otro tipo.
2. Los pueblos indígenas desposeídos de sus medios de subsistencia y desarrollo tienen derecho a una reparación justa y equitativa.
Artículo 21
1. Los pueblos indígenas tienen derecho, sin discriminación alguna, al mejoramiento de sus condiciones económicas y sociales, entre otras esferas, en la educación, el empleo, la capacitación y el readiestramiento profesionales, la vivienda, el saneamiento, la salud y la seguridad social.
2. Los Estados adoptarán medidas eficaces y, cuando proceda, medidas especiales para asegurar el mejoramiento continuo de sus condiciones económicas y sociales. Se prestará particular atención a los derechos y necesidades especiales de los ancianos, las mujeres, los jóvenes, los niños y las personas con discapacidad indígenas.
Artículo 22
1. Se prestará particular atención a los derechos y necesidades especiales de los ancianos, las mujeres, los jóvenes, los niños y las personas con discapacidad indígenas en la aplicación de la presente Declaración.
2. Los Estados adoptarán medidas, junto con los pueblos indígenas, para asegurar que las mujeres y los niños indígenas gocen de protección y garantías plenas contra todas las formas de violencia y discriminación.
Artículo 23
Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar y a elaborar prioridades y estrategias para el ejercicio de su derecho al desarrollo. En particular, los pueblos indígenas tienen derecho a participar activamente en la elaboración y determinación de los programas de salud, vivienda y demás programas económicos y sociales que les conciernan y, en lo posible, a administrar esos programas mediante sus propias instituciones.
Artículo 24
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a sus propias medicinas tradicionales y a mantener sus prácticas de salud, incluida la conservación de sus plantas medicinales, animales y minerales de interés vital. Las personas indígenas también tienen derecho de acceso, sin discriminación alguna, a todos los servicios sociales y de salud.
2. Las personas indígenas tienen derecho a disfrutar por igual del nivel más alto posible de salud física y mental. Los Estados tomarán las medidas que sean necesarias para lograr progresivamente la plena realización de este derecho.
Artículo 25
Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y fortalecer su propia relación espiritual con las tierras, territorios, aguas, mares costeros y otros recursos que tradicionalmente han poseído u ocupado y utilizado de otra forma y a asumir las responsabilidades que a ese respecto les incumben para con las generaciones venideras.
Artículo 26
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocupado o de otra forma utilizado o adquirido.
2. Los pueblos indígenas tienen derecho a poseer, utilizar, desarrollar y controlar las tierras, territorios y recursos que poseen en razón de la propiedad tradicional u otra forma tradicional de ocupación o utilización, así como aquellos que hayan adquirido de otra forma.
3. Los Estados asegurarán el reconocimiento y protección jurídicos de esas tierras, territorios y recursos. Dicho reconocimiento respetará debidamente las costumbres, las tradiciones y los sistemas de tenencia de la tierra de los pueblos indígenas de que se trate.
Artículo 27
Los Estados establecerán y aplicarán, conjuntamente con los pueblos indígenas interesados, un proceso equitativo, independiente, imparcial, abierto y transparente, en el que se reconozcan debidamente las leyes, tradiciones, costumbres y sistemas de tenencia de la tierra de los pueblos indígenas, para reconocer y adjudicar los derechos de los pueblos indígenas en relación con sus tierras, territorios y recursos, comprendidos aquellos que tradicionalmente han poseído u ocupado o utilizado de otra forma. Los pueblos indígenas tendrán derecho a participar en este proceso.
Artículo 28
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a la reparación, por medios que pueden incluir la restitución o, cuando ello no sea posible, una indemnización justa, imparcial y equitativa, por las tierras, los territorios y los recursos que tradicionalmente hayan poseído u ocupado o utilizado de otra forma y que hayan sido confiscados, tomados, ocupados, utilizados o dañados sin su consentimiento libre, previo e informado.
2. Salvo que los pueblos interesados hayan convenido libremente en otra cosa, la indemnización consistirá en tierras, territorios y recursos de igual calidad, extensión y condición jurídica o en una indemnización monetaria u otra reparación adecuada.
Artículo 29
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a la conservación y protección del medio ambiente y de la capacidad productiva de sus tierras o territorios y recursos. Los Estados deberán establecer y ejecutar programas de asistencia a los pueblos indígenas para asegurar esa conservación y protección, sin discriminación alguna.
2. Los Estados adoptarán medidas eficaces para garantizar que no se almacenen ni eliminen materiales peligrosos en las tierras o territorios de los pueblos indígenas sin su consentimiento libre, previo e informado.
3. Los Estados también adoptarán medidas eficaces para garantizar, según sea necesario, que se apliquen debidamente programas de control, mantenimiento y restablecimiento de la salud de los pueblos indígenas afectados por esos materiales, programas que serán elaborados y ejecutados por esos pueblos.
Artículo 30
1. No se desarrollarán actividades militares en las tierras o territorios de los pueblos indígenas, a menos que lo justifique una razón de interés público pertinente o que se haya acordado libremente con los pueblos indígenas interesados, o que éstos lo hayan solicitado.
2. Los Estados celebrarán consultas eficaces con los pueblos indígenas interesados, por los procedimientos apropiados y en particular por medio de sus instituciones representativas, antes de utilizar sus tierras o territorios para actividades militares.
Artículo 31
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales, sus expresiones culturales tradicionales y las manifestaciones de sus ciencias, tecnologías y culturas, comprendidos los recursos humanos y genéticos, las semillas, las medicinas, el conocimiento de las propiedades de la fauna y la flora, las tradiciones orales, las literaturas, los diseños, los deportes y juegos tradicionales, y las artes visuales e interpretativas. También tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su propiedad intelectual de dicho patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales y sus expresiones culturales tradicionales.
2. Conjuntamente con los pueblos indígenas, los Estados adoptarán medidas eficaces para reconocer y proteger el ejercicio de estos derechos.
Artículo 32
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar y elaborar las prioridades y estrategias para el desarrollo o la utilización de sus tierras o territorios y otros recursos.
2. Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por conducto de sus propias instituciones representativas a fin de obtener su consentimiento libre e informado antes de aprobar cualquier proyecto que afecte a sus tierras o territorios y otros recursos, particularmente en relación con el desarrollo, la utilización o la explotación de recursos minerales, hídricos o de otro tipo.
3. Los Estados establecerán mecanismos eficaces para la reparación justa y equitativa por esas actividades, y se adoptarán medidas adecuadas para mitigar las consecuencias nocivas de orden ambiental, económico, social, cultural o espiritual.
Artículo 33
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar su propia identidad o pertenencia conforme a sus costumbres y tradiciones. Ello no menoscaba el derecho de las personas indígenas a obtener la ciudadanía de los Estados en que viven.
2. Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar las estructuras y a elegir la composición de sus instituciones de conformidad con sus propios procedimientos.
Artículo 34
Los pueblos indígenas tienen derecho a promover, desarrollar y mantener sus estructuras institucionales y sus propias costumbres, espiritualidad, tradiciones, procedimientos, prácticas y, cuando existan, costumbres o sistemas jurídicos, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos.
Artículo 35
Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar las responsabilidades de los individuos para con sus comunidades.
Artículo 36
1. Los pueblos indígenas, en particular los que están divididos por fronteras internacionales, tienen derecho a mantener y desarrollar los contactos, las relaciones y la cooperación, incluidas las actividades de carácter espiritual, cultural, político, económico y social, con sus propios miembros así como con otros pueblos a través de las fronteras.
2. Los Estados, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas, adoptarán medidas eficaces para facilitar el ejercicio y garantizar la aplicación de este derecho.
Artículo 37
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a que los tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos concertados con los Estados o sus sucesores sean reconocidos, observados y aplicados y a que los Estados acaten y respeten esos tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos.
2. Nada de lo señalado en la presente Declaración se interpretará en el sentido de que menoscaba o suprime los derechos de los pueblos indígenas que figuren en tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos.
Artículo 38
Los Estados, en consulta y cooperación con los pueblos indígenas, adoptarán las medidas apropiadas, incluidas medidas legislativas, para alcanzar los fines de la presente Declaración.
Artículo 39
Los pueblos indígenas tienen derecho a la asistencia financiera y técnica de los Estados y por conducto de la cooperación internacional para el disfrute de los derechos enunciados en la presente Declaración.
Artículo 40
Los pueblos indígenas tienen derecho a procedimientos equitativos y justos para el arreglo de controversias con los Estados u otras partes, y a una pronta decisión sobre esas controversias, así como a una reparación efectiva de toda lesión de sus derechos individuales y colectivos. En esas decisiones se tendrán debidamente en consideración las costumbres, las tradiciones, las normas y los sistemas jurídicos de los pueblos indígenas interesados y las normas internacionales de derechos humanos.
Artículo 41
Los órganos y organismos especializados del sistema de las Naciones Unidas y otras organizaciones intergubernamentales contribuirán a la plena realización de las disposiciones de la presente Declaración mediante la movilización, entre otras cosas, de la cooperación financiera y la asistencia técnica. Se establecerán los medios de asegurar la participación de los pueblos indígenas en relación con los asuntos que les conciernan.
Artículo 42
Las Naciones Unidas, sus órganos, incluido el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas, y los organismos especializados, en particular a nivel local, así como los Estados, promoverán el respeto y la plena aplicación de las disposiciones de la presente Declaración y velarán por la eficacia de la presente Declaración.
Artículo 43
Los derechos reconocidos en la presente Declaración constituyen las normas mínimas para la supervivencia, la dignidad y el bienestar de los pueblos indígenas del mundo.
Artículo 44
Todos los derechos y las libertades reconocidos en la presente Declaración se garantizan por igual al hombre y a la mujer indígenas.
Artículo 45
Nada de lo contenido en la presente Declaración se interpretará en el sentido de que menoscaba o suprime los derechos que los pueblos indígenas tienen en la actualidad o puedan adquirir en el futuro.
Artículo 46
1. Nada de lo señalado en la presente Declaración se interpretará en el sentido de que confiere a un Estado, pueblo, grupo o persona derecho alguno a participar en una actividad o realizar un acto contrarios a la Carta de las Naciones Unidas, ni se entenderá en el sentido de que autoriza o fomenta acción alguna encaminada a quebrantar o menoscabar, total o parcialmente, la integridad territorial o la unidad política de Estados soberanos e independientes.
2. En el ejercicio de los derechos enunciados en la presente Declaración, se respetarán los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos. El ejercicio de los derechos establecidos en la presente Declaración estará sujeto exclusivamente a las limitaciones determinadas por la ley y con arreglo a las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. Esas limitaciones no serán discriminatorias y serán sólo las estrictamente necesarias para garantizar el reconocimiento y respeto debidos a los derechos y las libertades de los demás y para satisfacer las justas y más apremiantes necesidades de una sociedad democrática.
3. Las disposiciones enunciadas en la presente Declaración se interpretarán con arreglo a los principios de la justicia, la democracia, el respeto de los derechos humanos, la igualdad, la no discriminación, la buena administración pública y la buena fe.
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
A/CONF.157/24 (Part I), cap. III.
Resolución 217 A (III).
Suscribirse a:
Entradas (Atom)